Modificaciones de la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura y de los Estatutos del SEXPE
Hoy, 26 de febrero de 2024, se ha publicado en el D.O.E., número 39, el Decreto 12/2024, de 20 de febrero, por el que se modifica el Decreto 233/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y se modifica el Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y el Decreto 234/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital y se modifica el Decreto 26/2009, de 27 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos del Servicio Extremeño Público de Empleo.
Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible
Uno. El apartado 2 del artículo 3 queda redactado en los siguientes términos:
“2. Para el correcto desarrollo de las funciones encomendadas a la Dirección General de Agricultura y Ganadería, ésta se estructura en las siguientes unidades administrativas:
— Servicio de Producción Agrícola y Ganadera.
— Servicio de Calidad Agropecuaria y Alimentaria.
— Servicio de Sanidad Vegetal.
— Servicio de Sanidad Animal.
— Servicio de Información Agraria”.
Dos. El apartado 2 del artículo 7 queda redactado en los siguientes términos:
“2. Para el cumplimiento de sus funciones, la Dirección General de Sostenibilidad, contará con los siguientes órganos administrativos:
— Servicio de Prevención, Calidad Ambiental y Cambio Climático.
— Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas.
— Servicio de Coordinación Jurídica Ambiental y Económica”.
Tres. El apartado 1 del artículo 9 queda redactado en los siguientes términos:
“1. Corresponde a la Dirección General de Cooperativas y Economía Social de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible el ejercicio de las competencias en materia de economía social y, en concreto, de sociedades cooperativas, sociedades laborales y sociedades agrarias de transformación.
En particular, le corresponde:
a) Coordinar, planificar y diseñar la gestión de políticas de economía social, así como impulsar la cooperación y el diálogo con las organizaciones más representativas del sector.
b) Promover, estimular y desarrollar el movimiento cooperativo, especialmente en el ámbito rural y agrario, como instrumento de desarrollo del ámbito rural.
c) La llevanza del Registro de Sociedades Cooperativas de Extremadura, del Registro de Sociedades Laborales de la Comunidad Autónoma de Extremadura y del Registro de Sociedades Agrarias de Transformación de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
d) El asesoramiento, la asistencia y la fiscalización de estas sociedades.
e) La gestión de ayudas y subvenciones dirigidas a sociedades cooperativas, sociedades laborales y sociedades agrarias de transformación.
f) Las especialmente asignadas por la persona titular de la Consejería”.
Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital. Estatutos del Servicio Extremeño Público de Empleo.
El punto 6.º apartado 1 del artículo 4, queda redactado en los siguientes términos:
“En materia de autónomos y otras tipologías de empresas:
a) Diseño, gestión, seguimiento y control de ayudas dirigidas a trabajadores autónomos, cooperativas, sociedades laborales, empresas de inserción y otras formas jurídicas, así como a sus asociaciones.
b) Impulso y fomento de la responsabilidad social empresarial en Extremadura”.
Aquí puedes obtener esta Resolución