Modificación competencias en la estructura básica de la Administración de la Junta de Extremadura
Hoy, 26 de febrero de 2024, se ha publicado en el D.O.E., número 39, el Decreto 11/2024, de 20 de febrero, por el que se modifican el Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el Decreto 231/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social, y el Decreto 232/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Administración Pública.
Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social
Se modifica el párrafo segundo del apartado 2 del artículo 2, que queda redactado de la siguiente manera:
“Asimismo, le corresponde el impulso y seguimiento de los procesos de transferencia de competencias y asumirá la Secretaría de la Comisión Mixta de Transferencias”.
Consejería de Hacienda y Administración Pública.
Se modifica el párrafo segundo del apartado 1 del artículo 2, que queda redactado de la siguiente manera:
“Además, le corresponde la coordinación de los procesos electorales competencia de la Administración autonómica, así como las funciones asociadas a la Administración de Justicia; el nombramiento de notarios, registradores de la propiedad y mercantiles y otros fedatarios públicos; participación en la fijación de las demarcaciones de notarías y registros de la propiedad y mercantiles; y las funciones y servicios asumidos por la Junta de Extremadura en materia de Colegios Profesionales, Registros de Asociaciones, Fundaciones y el Protectorado de estas últimas, a excepción del Protectorado de las fundaciones de entidades financieras sobre las que la Comunidad Autónoma de Extremadura tenga competencias, que corresponderá a la Secretaría General de Presupuestos y Financiación”.
Aquí puedes obtener esta Resolución