Mesa Sectorial y Comisión Negociadora. Rechazada la propuesta de modificación del art. 15 del V Convenio Colectivo para el Personal Laboral

/ abril 5, 2019/ Actualidad, Administración, SGTEX Comunicados, SGTEX Opina, Sin categoría

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REUNIÓN CONJUNTA DE LA MESA SECTORIAL DE ADMINISTRACIÓN GENERAL Y DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA PARA EL PERSONAL LABORAL.

Propuesta de modificación del art. 15 del V Convenio Colectivo

 El día 4 de abril de 2019 se ha celebrado reunión conjunta de la Mesa Sectorial de Administración General y de la Comisión Negociadora para el Personal Laboral, con un único punto en el orden del día a tratar:

PROPUESTA DE MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 15 DEL V CONVENIO COLECTIVO PARA EL PERSONAL LABORAL EN LOS SIGUIENTES TÉRMINOS:

Redacción actual: “con carácter inmediato a cualquiera de las resoluciones cuatrimestrales del concurso de traslado, y al menos una vez cada dos años, las plazas que en ese momento se encuentren vacantes se ofertarán a turno de ascenso”

Modificación que nos presenta la Administración: “Con carácter inmediato a las resoluciones del concurso de traslados, las plazas que en ese momento se encuentren vacantes de las Categorías/Especialidades que determine la Administración se podrán ofertar a turno de ascensos, siempre que previamente hayan sido ofrecidas a turno de traslado”.

Desde SGTEX, estimamos que el texto presentado, en esta nueva redacción, es dar un cheque en blanco a la Administración para que pueda guardar las categorías/especialidades que crea conveniente sin deber de ofertarlas basándose en que existen algunas de ellas sin participación de trabajadores, que no es óbice para no convocar, además de no existir ningún límite en tiempo para poder convocarlo lo que significa que se cargarían la figura del concurso de ascenso, por ello NOS MANIFESTAMOS TOTALMENTE EN CONTRA pidiendo además a la Administración que se cumplan todos los plazos tanto en concurso de traslados, (resoluciones), ascensos y libres.

La propuesta de modificación es rechazada, manteniéndose el artículo 15 del V Convenio Colectivo para el Personal Laboral de la Junta de Extremadura tal y como está redactado.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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