Junta de Extremadura. Adjudicaciones definitivas en el concurso de traslado de personal laboral

/ noviembre 17, 2023/ Actualidad, Administración, Oposiciones, concursos, Sin categoría

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Hoy, 17 de noviembre de 2023, se ha publicado en el D.O.E., número 221, la Resolución de 14 de noviembre de 2023, de la Consejera, por la que se dispone la publicación de la relación definitiva de adjudicatarios de la convocatoria para la provisión de puestos de trabajo vacantes de personal laboral de la Junta de  Extremadura, por el procedimiento de turno de traslado, efectuada por Orden de 11 de mayo de 2022, así como de las resultas producidas como consecuencia de dicha resolución.

Se declaran desiertas las vacantes convocadas y no adjudicadas, las cuales no aparecen publicadas en el citado anexo.

Cuando el destino adjudicado suponga cambio de domicilio éste se considerará de carácter voluntario y, en consecuencia, no generarán derecho al abono de indemnización por concepto alguno.

Los destinos adjudicados serán irrenunciables, salvo que antes de finalizar el plazo de incorporación se hubiera obtenido otro destino mediante convocatoria pública. Excepto en este último supuesto, en caso de no incorporación al puesto de trabajo adjudicado, el trabajador será declarado en excedencia voluntaria por interés particular.

En el caso de que el puesto de trabajo adjudicado estuviese ocupado por un contratado para sustituir a los trabajadores que se jubilen al amparo del Real Decreto 1194/1985, de 17 de julio, relativo a las normas sobre anticipación de la edad de jubilación como medida de fomento del empleo, el adjudicatario cesará en su anterior puesto de trabajo en el plazo de tres días hábiles a partir de la fecha de terminación del contrato temporal e incorporarse al destino adjudicado el día siguiente al del cese.

De conformidad con las bases, resuelto definitivamente el concurso, el personal al que se haya adjudicado un puesto deberá incorporarse a su nuevo destino en los plazos y condiciones señalados en la resolución que ponga fin al procedimiento. Esta resolución determinará los plazos de cese y e incorporación de las personas adjudicatarias, los cuales irán acompasados temporalmente con los derivados de la resolución de los procesos de estabilización contemplados por la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, pudiendo establecerse fechas concretas para lo anterior visto que concurren razones justificadas de índole organizativo según previene la referida base octava en su apartado tercero.

Los laborales fijos que resulten adjudicatarios de un puesto identificado en la relación de puestos de trabajo como de aquellos que implican contacto habitual con menores deberán acreditar con anterioridad a la toma de posesión que no han sido condenados por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual.  Así pues, los adjudicatarios deberán autorizar expresamente a la Administración para recabar el certificado del Registro Central de Delincuentes Sexuales, o, en su defecto, aportar la certificación negativa, ello con carácter previo a la toma de posesión.

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la titular de la Consejería de Hacienda y Administración Pública en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, o bien, interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

Aquí puedes obtener esta Resolución con su contenido íntegro

 

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