Oposiciones SES. Oferta y procedimiento de elección de plazas a los aspirantes aprobados en la categoría Calefactor/a
En el D.O.E. de hoy, 16 de noviembre de 2023, número 220, se ha publicado la Resolución de 9 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se aprueba la relación de plazas que se ofertan y se establece el procedimiento para la elección de las mismas por los aspirantes que han superado el proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Calefactor/a, en las instituciones sanitarias del Servicio Extremeño de Salud.
Los aspirantes que han superado el proceso selectivo y acreditado que reúnen los requisitos exigidos en la convocatoria por encontrarse su puntuación dentro del número total de plazas ofertadas, incluido aquellos aspirantes que de acuerdo con la base 11.2 fueron obligados adicionalmente a presentar la documentación acreditativa de tales requisitos, deberán cumplimentar la elección de plazas electrónicamente a través del Portal de Selección de Personal del Servicio Extremeño de Salud, siguiendo las instrucciones que para su cumplimentación figuran en el anexo II y que puedes obtener al final de este post.
En el formulario de elección de plazas generado, deberá aparecer relacionadas por orden de preferencia las plazas solicitadas con expresión literal de los códigos consignados en cada plaza o código de los centros hospitalarios en su caso. El formulario generado, firmado digitalmente y registrado electrónicamente servirá a todos efectos como justificante de su presentación en tiempo y forma.
Los aspirantes, deberán cumplimentar la elección de plazas en el plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Extremadura. Durante este plazo de presentación, los aspirantes podrán desistir o modificar su elección cuantas veces quieran con la presentación de un nuevo formulario de elección de plazas, que anulará totalmente el anterior/es. Transcurrido dicho plazo, no se admitirá modificación alguna en la relación de plazas solicitadas.
La adjudicación de plazas se realizará atendiendo al orden de puntuación total obtenido en el proceso selectivo y el orden de prelación de plazas manifestado en el formulario de elección. Todo ello, sin perjuicio de la preferencia para cubrir las plazas de los aspirantes que hayan superado el proceso selectivo por el turno de promoción interna.
El orden de elección de plazas por los aspirantes es el que se refleja en el anexo III de esta resolución. Cada aspirante relacionado deberá optar, como mínimo, por idéntico número de plazas que el número de orden de elección asignado. En el supuesto de las personas aspirantes de reserva con un número de orden de elección superior al número de plazas ofertadas, deberán consignar todas las plazas ofertadas por el orden de preferencia que consideren. Perderán los derechos derivados de su participación en el proceso selectivo los aspirantes que, pudiendo hacerlo por el orden de puntuación obtenida, no soliciten plaza en el plazo y forma establecidos en esta resolución.
Aquí puedes obtener esta Resolución con su contenido íntegro