Teletrabajo. Modificaciones en la regulación de la prestación de este servicio en la Administración de nuestra comunidad autónoma
Hoy, 21 de noviembre de 2021, se ha publicado en el D.O.E., número 182, el Decreto 107/2021, de 15 de septiembre, por el que se modifica el Decreto 1/2018, de 10 de enero, por el que se regula la prestación del servicio en la modalidad no presencial, mediante la fórmula del teletrabajo, en la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
La experiencia acumulada durante estos últimos años, con la implantación paulatina y firme de esta modalidad de prestación de servicios, ha permitido que el teletrabajo se convierta en un instrumento eficaz dentro de la organización de nuestra Administración, al tiempo que también por esa misma experiencia, se han podido apreciar distintos aspectos de la norma que necesitan ser matizados o ampliados. Igualmente, esta reforma permite poder normar aspectos no contemplados en la redacción originaria y que en la actualidad se erigen como necesarios.
la reforma consiste en la introducción de un único artículo relativo a la “Modificación del Decreto 1/2018, de 10 de enero, que regula la prestación del servicio en la modalidad no presencial, mediante la fórmula del teletrabajo, en la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura”, una disposición que prevé un régimen transitorio en la aplicación de la misma, y una disposición final referida a la fecha en que se inicia la vigencia de la norma.
El artículo de modificación, consta a su vez de nueve apartados donde se recogen cada una de las modificaciones en que consiste la reforma del texto, referidas a distintos aspectos de la norma, o bien han sido de necesaria Transformación a raíz de la regulación operada por el Estado a través del TREBEP, o bien su previsión en los términos contenidos en la reforma ha sido valorada como imprescindible.
Aquí puedes obtener esta Resolución con su contenido Íntegro
NORMATIVA DE REFERENCIA
- Artículo 50 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura
- DECRETO 1/2018, de 10 de enero, por el que se regula la prestación del servicio en la modalidad no presencial, mediante la fórmula del teletrabajo, en la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
- RESOLUCIÓN de 19 de abril de 2018, de la Dirección General de Función Pública, por la que se convoca el proceso para la autorización del desempeño de puestos de trabajo en la modalidad de prestación del servicio no presencial, mediante la fórmula del teletrabajo, en la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura
- RESOLUCIÓN de 14 de noviembre de 2019, de la Dirección General de Función Pública, por la que se convoca el proceso para la autorización del desempeño de puestos de trabajo en la modalidad de prestación del servicio no presencial, mediante la fórmula del teletrabajo, en la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura
- RESOLUCIÓN de 23 de diciembre de 2020, de la Dirección General de Función Pública, por la que se convoca el proceso para la autorización del desempeño de puestos de trabajo en la modalidad de prestación del servicio no presencial, mediante la fórmula del teletrabajo, en la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura
- Artículo 47.bis del Estatuto Básico del Empleado Público
- DECRETO 107/2021, de 15 de septiembre, por el que se modifica el Decreto 1/2018, de 10 de enero, por el que se regula la prestación del servicio en la modalidad no presencial, mediante la fórmula del teletrabajo, en la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.