SES. Convocatoria de teletrabajo 2024

/ febrero 23, 2024/ Actualidad, Administración, Sanidad, Sin categoría

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En el D.O.E. de hoy, 23 de febrero de 2024, número 38, se han publicado las Resoluciones de 7 de febrero de 2024, de las distintas Gerencias, por las que se convoca el procedimiento para la autorización del desempeño de puestos de trabajo en la modalidad de prestación del servicio no presencial, mediante la fórmula del teletrabajo, para el personal estatutario del Servicio Extremeño de Salud que presta sus servicios en las distintas Áreas de Salud y Servicios Centrales.

Las bases de la presente convocatoria, así como sus anexos, se podrán consultar a través del Portal del Servicio Extremeño de Salud en la dirección de Internet https://portal.ses.care/gestor_documental.

Solicitudes

El personal estatutario que desee participar en este proceso de autorización para prestar sus servicios en régimen de teletrabajo deberá cumplimentar la solicitud que figura en el anexo I de la presente convocatoria.

La presentación de solicitudes podrá hacerse en cualquiera de las oficinas de registro de documentos integrados en el Sistema de Registro Único de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y de sus organismos públicos vinculados o dependientes establecido en el Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, o por cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de Correos antes de ser certificadas.

El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días a contar desde el siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura.

Junto a la declaración responsable a que hace referencia la base 2.6, deberá adjuntarse a la solicitud la documentación acreditativa de los criterios de selección que se establecen en el artículo siguiente. Esta documentación se presentará en original o en su defecto mediante copia autenticada, siempre que no se pueda comprobar de oficio por el órgano instructor o en el supuesto que la persona solicitante haya expresado su oposición a tales consultas. 

Aquí puedes obtener las distintas convocatorias de teletrabajo:

 
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