Informe del Servicio de Salud y Prevención de Riesgos Laborales sobre contactos estrechos con personas positivas en COVID

/ julio 28, 2021/ Actualidad, Administración, Sanidad, SGTEX Comunicados, Sin categoría

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El Sindicato de Empleados Públicos de Extremadura SGTEX se hace eco del Informe remitido por el Servicio de Salud y Prevención de Riesgos laborales sobre los empleados públicos que hayan sido contactos estrechos con personas positivas a la COVID 19.

El estudio y seguimiento de los contactos estrechos tiene como objetivo realizar un diagnóstico temprano en los contactos estrechos que inicien síntomas y evitar la transmisión en periodo asintomático.

Según el Procedimiento de actuación frente a casos de COVID-19 del SES, versión 07-07-21, se clasifica como contacto estrecho:

  • Cualquier persona que haya proporcionado cuidados a un caso o haya estado en contacto con sus secreciones y fluidos: personal sanitario o sociosanitario que NO haya utilizado las medidas de protección adecuadas, miembros familiares o personas que tengan otro tipo de contacto físico similar o cualquier persona que haya manipulado muestras biológicas sin las debidas medidas de protección.
  • De forma general, a nivel comunitario, se considerará contacto estrecho a cualquier persona que haya estado en el mismo lugar que un caso, a una distancia menor de 2 metros y durante un tiempo total acumulado de más de 15 minutos en 24 horas. En entornos en los que se pueda hacer una valoración del seguimiento de las medidas de prevención podrá realizarse una valoración individualizada por el servicio de prevención de riesgos laborales o el responsable que sea designado para ese fin.
  • En el contexto de los centros educativos, se seguirá lo establecido en la Guía de actuación ante la aparición de casos de COVID-19 en centros educativos.

En el momento que se detecte un caso sospechoso se iniciarán las actividades de identificación de contactos estrechos por los rastreadores. El periodo a considerar será desde 7 días antes del inicio de síntomas del caso hasta el momento en el que el caso es aislado. En los casos asintomáticos confirmados por PDIA (Prueba Diagnóstica de Infección Activa COVID-19), los contactos se buscarán desde 7 días antes de la fecha de toma de muestra para diagnóstico hasta el momento en el que el caso es aislado.

A los contactos estrechos no  vacunados casos confirmados se les indicarán vigilancia y cuarentena durante los 10 días posteriores al último contacto con un caso confirmado. La cuarentena finalizará a los 10 días de la fecha del último contacto. A esos efectos la fecha del último contacto con el caso se considera el día “cero”, comenzando a contar el día 1º de cuarentena desde el día siguiente.

Contactos estrechos vacunados

En base al Procedimiento de actuación frente a casos de COVID-19 del SES, versión 07 de julio de 2021, y al Procedimiento de actuación para los Servicios de Prevención de Riesgos Laborales frente a la exposición al SARS-CoV-2, versión 06-07-21, las personas que han recibido una pauta de vacunación completa y sean consideradas como contacto estrecho estarán exentas de la cuarentena. Se les realizará una PCR al inicio y otra a los 7 días del último contacto con el caso confirmado, y se les recomendará:

  • Evitar el contacto con personas vulnerables y con personas no vacunadas.
  • No acudir a eventos multitudinarios.
  • Uso de mascarilla en el ámbito laboral. Se propone que se le facilite, a nuestro personal, mascarilla ffp2.
  • Realizar una vigilancia de la posible aparición de síntomas compatibles; si estos aparecieran, se considerará caso sospechoso y se actuará como tal.

Tras un reunión, vía teams, con la que participaron las Consejerías de Sanidad y Servicios Sociales, de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, de Economía, Ciencia y Agenda Digital, Consejería de Educación y Empleo, de Movilidad, Transporte y Vivienda y el Servicio de Salud y Prevención de Riesgos, en la que se analizó como aplicar, en nuestros centros de trabajo, las indicaciones  que figuran en los protocolos citados con respecto a la gestión de las personas vacunadas que se pudieran considerar como contactos estrechos se consideró conveniente que en ante la  comunicación de un caso estrecho vacunado se seguirán las siguientes pautas, a aplicar según las especificidades y necesidades de cada Consejería u Organismo Autónomo:

  • PCR Inicial:
    • Todo el personal de la Junta de Extremadura que sean contactos estrechos vacunados de casos confirmados no se incorporarán a su trabajo hasta tener el resultado negativo de esta PCR.
  • PCR a los 7 días:
    • El personal del INFOEX y de los Parques de Conservación de Carreteras, puesto que son trabajadores esenciales, y debido también, a las particularidades de su trabajo, de forma general, no deberán acudir a su puesto de trabajo hasta tener el resultado de la segunda PCR, y ser esta negativo.
    • El resto de personal de la Junta de Extremadura, si es posible, realizarán su trabajo de manera no presencial hasta tener el resultado de esta PCR y ser negativo.
    • Las personas trabajadoras que no puedan ejecutar sus tareas de forma no presencial se incorporarán a sus puestos de trabajo, administrándosele un mascarilla ffp2

El Servicio de Salud y Prevención de Riesgos Laborales de la Junta de Extremadura al no tener acceso a los datos médicos de los usuarios y usuarias tanto del SEPAD (Centros Residenciales y Centros Sociosanitarios), como de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales (Centros de Acogida de Menores), serán las autoridades de Salud Pública quienes podrán establecer excepciones a la no cuarentena de las personas vacunadas en  función de la vulnerabilidad de los residentes de los Centros.

Además, siguiendo el Procedimiento de actuación para los Servicios de prevención de riesgos laborales frente a la exposición al SARS-CoV-2, revisión del 6 de julio de 2021, Servicio de Salud y Prevención de Riesgos Laborales podrá elaborar, de forma excepcional, un informe para que quede acreditada la indicación de incapacidad temporal en este tipo de contactos estrechos, según el Modelo 1.

Otras consideraciones:

Realizarán  cuarentena, en todo caso, las personas con inmunodepresión completamente vacunadas y en los contactos de aquellos casos en los que se sospeche una transmisión a partir de un animal.

Las personas asintomáticas que han tenido una infección por SARS-CoV-2 confirmada por PDIA en los 180 días anteriores y son contactos estrechos estarán exentas de realizar la cuarentena, teniéndose en cuenta las mismas consideraciones y excepciones descritas en el punto anterior para los contactos vacunados.

Por último, se debe tener en cuenta la coordinación de actividades empresariales. Las empresas que desarrollen su actividad en edificios de la Junta de Extremadura deberán notificar a esta la aparición entre su personal de los posibles casos de COVID-19. Asimismo, la Junta de Extremadura también informará sobre este particular a las empresas si sus trabajadores pueden verse afectados por un caso detectado en la Junta.

Servicio de Salud y Prevención de Riesgos Laborales

ANEXO I: MODELO DE INFORME

1- CASO POSIBLE, PROBABLE, CONFIRMADO O CONTACTO ESTRECHO

INFORMACIÓN DIRIGIDA AL FACUTATIVO DE ATENCIÓN PRIMARIA

Logo del servicio de prevención

D./Dña……………………………………………………………………………………………………………………………., nº de colegiado/a ….………………………., con DNI……………………………………., médico especialista en medicina del trabajo del servicio de prevención ……………………………………………………………………., informa que D./Dña …………………………………………………………………………, con DNI…………..…, profesión/ocupación………………………………………………..…., en la empresa ………………………………………………………………………., cumple los criterios para ser considerado/a:

☐ caso posible

☐ caso probable

☐ caso confirmado

☐ contacto estrecho de un caso posible, probable o confirmado de coronavirus,

por lo que, siguiendo los criterios del Procedimiento de actuación frente a casos de infección por el nuevo coronavirus (SARS-CoV-2) y del Procedimiento de actuación de riesgos laborales frente al nuevo coronavirus (SARS-CoV-2) del Ministerio de Sanidad deberá realizar cuarentena/aislamiento domiciliario durante 14 días, contados desde el día…………………………., fecha en la que se produjo la manifestación clínica o el contacto. Esta persona mantendrá, tal como se le ha indicado, seguimiento pasivo en su domicilio. Si durante este tiempo desarrollara síntomas y la situación clínica lo permite, se le ha indicado que deberá hacer autoaislamiento inmediato domiciliario y contactar con los servicios de atención primaria.

Lugar y fecha,

Fdo.

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