Junta de Extremadura. Convocado turno de ascenso para el personal laboral

/ mayo 23, 2019/ Actualidad, Administración, Oposiciones, concursos, Sin categoría

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Hoy, 23 de mayo de 2019, se ha publicado en el D.O.E., número 98, la Orden de 20 de mayo de 2019 por la que se convoca el turno de ascenso para el personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Se convoca turno de ascenso para cubrir los puestos de trabajo de personal laboral que se hallan vacantes y que se relacionan en el anexo I a la presente orden, que puedes descargar al final de este post, de acuerdo con los requisitos y demás características que para cada puesto figuran en las correspondientes relaciones de puestos de trabajo, con exclusión de aquellos puestos que en dichas relaciones aparecen en la columna de observaciones con las claves P. A. (Pendiente de Amortizar), P. A. R. (Pendiente de Amortizar y Reestructurar), P. R. (Pendiente de Reestructurar) o F (A funcionarizar).

SOLICITUDES

Los/as trabajadores fijos que participen en esta convocatoria de turno de ascenso formularán, preferentemente por vía telemática, su solicitud, cuyo modelo figura en el anexo V a esta orden y en la siguiente dirección de internet: https://portalempleado.gobex.es, indicando la Categoría y/o Especialidad a la que se desea optar.

En la parte pública de la dirección de internet mencionada, en el apartado “Oposiciones” habrá un acceso a la solicitud, siendo necesario disponer de la clave personal de acceso o certificado digital del personal laboral fijo para acceder a la misma.

Una vez cumplimentada vía internet, la solicitud deberá ser impresa y firmada y, tras procederse al abono de la tasa correspondiente en una entidad bancaria colaboradora, se presentará, en cualquiera de las oficinas de Registro de documentos integradas en el Sistema de Registro Único de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y de sus organismos públicos vinculados o dependientes, por cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administración Públicas.

Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el/la funcionario/a de Correos antes de ser certificadas.

Los/as participantes deberán presentar su solicitud registrada en soporte papel, no siendo posible su presentación por medios telemáticos.

Las Oficinas de Respuesta Personalizada, los Centros de Atención Administrativa de la Junta de Extremadura, en el caso de que fuera posible, facilitará a los/as aspirantes el acceso a medios telemáticos para la cumplimentación de las solicitudes.

Las solicitudes se dirigirá a la Dirección General de Función Pública de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, avda. Valhondo, s/n. (Edificio III Milenio), Mérida, en el plazo de 20 días hábiles contados a partir del siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura.

Los/as aspirantes podrán presentarse a cuantas Categorías Profesionales y Especialidades se convoquen siempre que reúnan los requisitos exigidos para cada una de ellas, y sin perjuicio de que en algún caso dicha posibilidad no pueda hacerse efectiva por coincidencia en las fechas, horas o lugares de celebración de los ejercicios, circunstancia que en modo alguno vinculará a la Administración. En cualquier caso, se presentará una instancia por cada Categoría Profesional y Especialidad a la que se aspire.

A las solicitudes deberá acompañarse fotocopia compulsada de la titulación académica o resguardo acreditativo de haber abonado los derechos para la expedición de la titulación académica que se especifica en el anexo II a esta orden para cada Categoría Profesional y Especialidad, en su caso, de conformidad con lo dispuesto en el V Convenio Colectivo, así como cualquier otro requisito de titulación o permiso que resulte necesario para el desempeño de las funciones, exigido en las relaciones de puestos de trabajo.

La tasa por derechos de examen se fijan en función el Grupo al que se pretenda acceder. De este modo, se establece la cantidad de 37,39 euros para acceder a categorías del Grupo I; 33,64 euros para el Grupo II; 22, 44 euros para el Grupo III y 14,98 euros para el resto de los grupos, que serán abonados, por cada solicitud, y su ingreso se efectuará a través de cualquiera de las entidades bancarias colaboradoras que se indican en la solicitud de participación. En la solicitud deberá figurar el sello correspondiente de la entidad bancaria colaboradora en el recuadro correspondiente a “Prestaciones Patrimoniales: derechos de examen,” acreditativo del pago de los derechos de examen.

9. Están exentos del pago de esta tasa:

a) Los/as aspirantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.

b) Las personas que tengan la condición de víctimas del terrorismo, cónyuges o parejas de hecho, así como sus hijos/as, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.

c) Las personas que tengan la consideración de víctimas de violencia de género a que hace referencia la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, y que así lo acrediten.

Los/as aspirantes con discapacidad deberán indicar expresamente en la solicitud de participación, en su caso, las adaptaciones en tiempo y medios necesarios para la realización de los ejercicios.

Aquí puedes descargar las Bases de esta convocatoria con su contenido íntegro

 

 

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