Reunión conjunta de la Mesa Sectorial de Administración General y de la Comisión Negociadora para el Personal Laboral

/ noviembre 5, 2016/ Actualidad, Administración, SGTEX Comunicados, SGTEX Opina, Sin categoría

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mesadenegociaciónDesde SGTEX, constantes en nuestra política de transparencia, os informamos de la reunión mantenida en el día de hoy, 04 de noviembre de 2016 en cuyos puntos del día trató, en primer lugar, la  negociación de la propuesta de Decreto sobre la aplicación del artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/ 1996, de 15 de enero, de protección jurídica del menor, al ámbito del empleo público de administración general de la Comunidad Autónoma de Extremadura y modificación de las  Relaciones de Puestos de Trabajo afectadas; y en segundo  lugar, se trató de la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo de personal funcionario y laboral de la Consejería de Educación.

En cuanto al primer punto, os referimos las cuestiones más destacadas de la propuesta del Decreto, con el que SGTEX está más que de acuerdo ya que nos parece imprescindible en orden a la legítima protección del menor. Se establece como requisito imprescindible para el acceso y ejercicio a las profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con menores la aportación de una certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales o la autorización expresa a la Administración para recabarlo; por esta razón es necesario la pertinente modificación de los puestos de trabajo afectados, estableciendo la condición particular de necesidad de emisión del citado certificado negativo. Tal circunstancia aparecerá en la RPT con la clave THM – Trato Habitual con Menores-. Todos los puestos afectados de Personal funcionarios aparecen referidos en el Anexo I del presente Decreto. Los puestos afectados referidos al personal Laboral aparecen el Anexo II del mismo Decreto. Los puestos afectados referentes al personal eventual, aparecen en el Anexo III.  Tanto la certificación negativa, como positiva y la autorización para recabarla, constarán en el expediente personal.

En las convocatorias de ingreso o provisión y en las pruebas convocadas a cualquier modalidad, categoría, cuerpo, escala o especialidad que supongan contacto habitual con menores, exigirá como requisito la autorización expresa a la Administración para recabar el certificado del Registro Central de Delincuentes Sexuales, o en su defecto, aportar la certificación negativa junto a la solicitud o con carácter previo a la toma de posesión, según el caso.

El personal que se encuentre prestando servicio en alguno de estos puestos, o se encuentre en situación de incapacidad temporal o como liberado sindical, debe hacer constar expresamente su autorización para que la Administración pueda recabar el certificado, según Anexo IV o presentar el certificado negativo, en el plazo de 15 días desde la entrada en vigor del presente Decreto. Para acreditar el cumplimiento de forma permanente, la Administración solicitará cada 3 años el certificado pertinente al Registro Central de Delincuentes Sexuales.

Cualquier variación en el registro, debe ser comunicada por el empleado público.

Aquellos empleados públicos que se hallen provisionalmente (adscripción, comisión de servicios) en otro puesto que no requiera la condición particular de THM, deberá aportar antes de su reincorporación o reingreso la certificación, previa cumplimentación del Anexo IV.

Caso de hallarse ante una certificación positiva, derivada de una sentencia firme, se procederá de forma inmediata a adoptar la medida provisional de interrupción del ejercicio de las funciones del puesto que suponga THM. Se procederá al alejamiento de la persona afectada del puesto. En el caso de tramitación de un procedimiento judicial o expediente disciplinario por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, podrá acordarse la  suspensión provisional de funciones.

En el caso de funcionario que se encuentre desempeñando un puesto mediante libre designación, si la certificación fuera positiva, supondrá el cese, procediendo a asignarle otro sin THM, por el procedimiento de reasignación de efectivos. No supondrá mejora profesional. Idem funcionario de carrera. La certificación positiva de funcionario interino, implicará el cese. Para el personal laboral, la certificación positiva supondrá la reubicación provisional en otro puesto, si no existiera, supondrá el despido por causas objetivas. En el caso de personal laboral indefinido, no fijo, la certificación positiva supondrá el despido por causas objetivas igual que el personal laboral temporal.

Las mismas consecuencias antedichas, serán aplicación si no se aporta el certificado o no se autoriza a la Administración para recabarlo.

Cabe mencionar que toda la parte social ha solicitado a la Administración que valore la posibilidad de modular de otra forma la redacción del art. 20.2 a fin de equiparar, en la medida de lo posible, las consecuencias de una certificación positiva, recaída sobre personal laboral y/o funcionario.

En otro orden de cosas, cabe reseñar que éste no es un formato definitivo que aún debe tramitarse en los órganos correspondientes.

La modificación de la Relación de Puestos de Trabajo de personal funcionario y laboral de la Consejería de Educación.

La Administración propuso la creación de  un total de 22 puestos de trabajo ( 8 de funcionarios, 14 de laborales, de los que 5 son al 80%)  y la amortización de 21 (10 de funcionarios y 11 de laborales), así como varias modificaciones. En conjunto podemos decir que no se destruye empleo público, pero tampoco podemos hablar de creación neta del mismo. Las amortizaciones financian las creaciones. La situación queda neutra.

SGTEX ha denunciado ante la Administración el paulatino y continuo desmantelamiento que sufren los Servicios periféricos en pro del aumento y refuerzo de los centrales emeritenses, tal como muestra la pérdida de 8 puestos en Cáceres, y 4 en Badajoz, siendo Mérida la más beneficiaria con una ganancia de 3 puestos.

FUNCIONARIOS

  • En el ámbito de funcionarios, os referimos que  en el apartado de creaciones cabe reseñar una plaza de ITI  en Mérida, una plaza de J. neg. de AAGG en Mérida cuyo mérito ha sido cuestionado por SGTEX por ser demasiado específico (gestión plataformas educativas, Educarex y Rayuela); una plaza de Aux. de Admón. en Cáceres, una plaza de J. Neg. Nóminas y Seg. social en Cáceres, una plaza de Jefe de Neg. de Selección en Mérida, una plaza de Técnico en Empresariales en Mérida, una plaza de J. Neg. de AAGG en Plasencia (también cuestionamos la especificidad de mérito: gestión y realización de programas deportivos).
  • En cuanto a las modificaciones de puestos de funcionarios: reseñamos, el cambio de centro directivo de la una plaza de aux. de Admón, que pasa de la S.G educación a la Secretaría de Admón. Pública. La plaza de J. Servicio de G. Patri.  Contratación, pasa de Badajoz a Mérida por motivos organizativos. Se amortiza una en Mérida (J.S. contratación y AAAGG) por lo que SGTEX hubiera visto más lógico modificar esta última y así lo refiere a la Admón. Una plaza de Economista en Mérida cambia de centro directivo ( de la S.G a la S.G.E). Una plaza de J. Neg. de AAGG. Se le cambia la denominación y, en consecuencia el requisito: 1 año en gestión admva. El mérito, muy específico: En gestión de programas educativos. Una plaza de J. Sección Gestión de Constes y Control de calidad ( cambio de centro directivo, pasa de la S.G. a la S.G.T). Jefe de Serv. de Inspección en Cáceres (cambia de denominación, antes Jefe de Inspección y se abre a Técnicos, y se elimina el PAR). Una plaza de Técnico de Seguridad en el Trabajo, la Administración propone que pase a Mérida, a la pregunta de si está ocupada nos responden afirmativamente por lo que, desde SGTEX, consideramos que es inaceptable ya que estaríamos ante un traslado encubierto; la Admón. defiende su necesidad organizativa y técnica, por lo que desiste de ubicarla en Mérida en esta ocasión.  Una plaza de Jefe de Servicio de Régimen retributivo de Personal Docente (cambia el requisito de exp); una plaza de J. Sección Gestión Académica en Mérida ( cambia requisito: 2 años gestión admva.); J. Sección Becas y Ayudas al Estudio (Cambia el requisito: 2 años gestión admva.); J. Neg AAGG (cambia requisito: 1 año en gestión admva).
  • Amortizaciones funcionarios: 5 Aytes. Servicios, un aux especialista, todos en Cáceres. Un Jefe servio Contratación y AAGG en Mérida; Tit. superior en Cáceres, 2 Técnicos en Administración, uno en Badajoz y otro en Plasencia).

En cuanto a funcionarios, desde SGTEX, reclamamos a la Administración, una vez más, la necesidad imperiosa de definir criterios objetivos que rijan la implementación tanto del requisito de experiencia como de los méritos consignados en la RPT a fin de hacer de ésta un instrumento  homogéneo, justo y riguroso. La Administración comenta su intención de afrontar próximamente este asunto mediante un nuevo Decreto.

LABORALES

  • Nos congratula la consignación del complemento L1 en las plazas de Ordenanza del I.E.S Virgen del Puerto de Plasencia y Zurbarán de Badajoz pues es una demanda largamente reiterada por SGTEX.
  • Nos satisface la creación de 2 plazas de ordenanzas ( I.E.S Bótoa de Badajoz, EOI de Mérida); una de TEI en Cáceres ( EI la Rayuela); una de Oficial de 1ª mantenimiento en Cáceres ( Unv. Laboral),4 de Camarero/a-limpiador/a, en Cáceres, Mérida, Zafra (Univ. Laboral, CEE casa de la madre, EOI, EOI, ); un Tit. de Grado medio- ATS-DUE en Zarza de Granadilla y 5 intérpretes de lenguaje de signos al 80% ( 2 para la zona 1, 1 para la zona 2, 1 para zona 4 y 1 para zona 7)
  • Igualmente aplaudimos el aumento de jornada, que pasa del 75 al100% para los cocineros del CEE los Ángeles, la Residencia de Secundaria y de Zarza de Granadilla. Por contra, estamos en total desacuerdo con los contratos parciales de los intérpretes de lenguaje de signos, que, entendemos debieran ser al 100%. Postura extensible a los contratos porcentuales que fomentan la precariedad en el empleo. 
  • Así mismo, nos manifestamos contrarios a la amortización de la plaza de camarero/a-limpiador/a de la E.H. de San Vicente en Cabeza del Buey ya que su presencia es imprescindible en función de las cargas de trabajo. Por ello solicitamos no sólo que no se amortice esta plaza, sino que se amplíe su jornada al 100%. 
  • Demandamos la urgente necesidad de crear sendas  plazas de camarero/a-limpiador en el I.E.S de Cuatro Caminos de Don Benito y del I.E.S Zurbarán de Badajoz, habida cuenta del incremento de las cargas de trabajo, proporcional al aumento de matrícula. Por la misma razón solicitamos la urgente creación de una plaza de ordenanza en los I.E.S de San Roque de Badajoz y Llerena, de la localidad del mimo nombre. 
  •  Así mimo solicitamos la creación de una plaza, al 50%, de Ayte de Cocina en la E.I Ntra. Sra de las Angustias de Plasencia, fundamentada en las cargas de trabajo que genera su alta matrícula. Pedimos a la Administración que valore la necesidad de implementar la categoría de ATE-Cuidador/a en las Escuelas Infantiles en los casos de alumnado con necesidades educativas especiales que puedan necesitarlo. De todas estas cuestiones ha tomado nota la Administración y se ha comprometido a valorarlas y estudiarlas. 
comunica

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