SES. Oposiciones. Modificaciones en el baremo de méritos, referidos a la experiencia profesional tras la estimación de los recursos de reposición presentados en varias Categorías

/ febrero 21, 2018/ Actualidad, Administración, Empleo, Oposiciones, concursos, Sanidad, Sin categoría

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En el D.O.E. de hoy, 21 de febrero de 2018, número 37, se han publicado varias Resoluciones, todas con fecha de 14 de febrero de 2018, de la Dirección Gerencia del Servicio Extremeño de Salud, por las que se modifica parcialmente el anexo V de la Resolución de 18 de septiembre de 2017, por la que se convoca proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la Categoría siguientes:

  • Médico/a de Familia de Equipo de Atención Primaria.
  • Médico/a de Urgencias de Atención Primaria.
  • Enfermero/a.
  • Enfermero/a de Urgencia en Atención Primaria.

Por Resolución de 18 de septiembre de 2017 (DOE n.º 187, de 28 de septiembre), de la Dirección Gerencia, se convocó proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en las Categorías arriba reseñadas, y dentro del plazo previsto para impugnarla fueron formulados recursos de reposición frente a la misma referidos a la valoración de los servicios prestados en el apartado II “Experiencia Profesional” del baremo de méritos del anexo V.

Por Resoluciones de 14 de febrero de 2018, del Director Gerente del Servicio Extremeño de Salud, fueron estimados los mencionados recursos de reposición.

Por lo que en las mismas se ha resuelto lo siguiente:

Modificar los subapartados 1 a 6 del apartado II del anexo V del baremo de méritos, referidos a la experiencia profesional, de la citada Resolución de 18 de septiembre de 2017, de la Dirección Gerencia, por la que se convocó proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en las categorías relacionadas anteriormente en las Instituciones Sanitarias del Servicio Extremeño de Salud, que quedan redactados de la siguiente forma:

1. Por cada mes completo de servicios prestados en Instituciones Sanitarias Públicas del Sistema Nacional de Salud o de los países miembros de la Unión Europea o en otras Administraciones Públicas en plaza de la misma categoría a la que se opta o plaza de categoría equivalente, así como en plazas o puestos que requieran únicamente para su desempeño la misma titulación sanitaria que la requerida para acceder a la categoría a la que se opta: 0,10 puntos.

2. Por cada mes completo de servicios prestados en Instituciones Sanitarias Públicas del Sistema Nacional de Salud o de los países miembros de la Unión Europea en plaza de otra categoría sanitaria distinta a la que se opta y para la que no se requiera únicamente para su desempeño la misma titulación que la exigida para el acceso a la categoría a la que se opta: 0,05 puntos.

3. Por cada mes completo de servicios prestados en Instituciones Sanitarias del Sistema Nacional de Salud en plaza del modelo tradicional de cupo de la misma categoría a la que se opta: 0,05 puntos.

4. Por cada mes completo de servicios de carácter asistencial o de coordinación y dirección en programas de cooperación internacional o ayuda humanitaria en virtud de convenios o acuerdos, organizados o autorizados por la Administración Pública: 0,05 puntos.

5. Para la valoración de los servicios prestados incluidos en los subapartados 1 y 2 con nombramiento específico de refuerzos, se computará el tiempo de servicios prestados conforme a los siguientes criterios:

  • Un mes o la parte que corresponda proporcionalmente por cada 140 horas realizadas: se computará a 0,10 puntos si los servicios prestados corresponden al subapartado 1 y a 0,05 puntos si corresponden al subpartado 2.
  • Si dentro de un mes natural se hubiesen realizado más de 140 horas solamente podrá valorarse un mes de servicios prestados, sin que el exceso de horas efectuado durante aquél pueda ser aplicado para el cómputo de servicios prestados establecido en el criterio anterior.

También se modifica en la misma convocatoria, la letra c) que se contiene en el apartado II “Experiencia Profesional” de su anexo V del baremo de méritos, correspondiente a la acreditación de los servicios prestados, sustituyendo la redacción actual por la siguiente:

c) Respecto de los servicios prestados con nombramiento específico para la realización de refuerzos, (subpartado 5) los certificados deberán expresarse en horas distribuidos por meses naturales.

Aquí puedes descargar estas Resoluciones desde su ubicación original:

Resolución de 14 de febrero de 2018, de la Dirección Gerencia, por la que se modifica parcialmente el anexo V de la Resolución de 18 de septiembre de 2017, por la que se convoca proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en las Instituciones Sanitarias del Servicio Extremeño de Salud en la Categoría:

Aquí puedes descargar este comunicado de SGTEX

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