SGTEX informa sobre la Carrera Profesional Horizontal de interinos y temporales

/ febrero 21, 2018/ Actualidad, Administración, SGTEX Comunicados, SGTEX Opina, Sin categoría

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Reunión conjunta de la Mesa Sectorial de Administración General y de la Comisión Negociadora para el Personal Laboral

Hoy, 21 de febrero, se convocó reunión de la Mesa Sectorial de Administración General y de la Comisión Negociadora cuyo punto único del orden del día se refería al Borrador del Acuerdo sobre la modificación del ámbito de aplicación de la Carrera Profesional Horizontal de los Empleados Públicos de la Junta de Extremadura.

Nos congratula que la Administración haya rectificado la redacción del Acuerdo, ya que en la anterior del pasado 19 de enero no sólo se suprimían los párrafos del régimen transitorio que calendarían el desarrollo de los niveles 2, 3 y 4 de forma consecutiva, sino que además se condicionaba el preceptivo desarrollo reglamentario a una evaluación del desempeño que, además, debía venir precedida de una correcta evaluación y análisis de las cargas administrativas; sin tener en cuenta los años de retraso en el desarrollo y aplicación de la CPH que lleva el Sector de la Administración General y el agravio que supone con otros sectores públicos.

A diferencia de la propuesta anterior de la Administración, en el nuevo principio de acuerdo al que se ha llegado en el día de hoy, se respeta el espíritu fundamental del punto décimo del Acuerdo de 2008 en cuanto al régimen transitorio. Además, hemos arrancado un compromiso, tal como SGTEX exigía en la reunión del pasado 19 de enero para proceder a la firma de este acuerdo, que puede suponer un punto de inflexión en el desbloqueo de la Carrera Profesional Horizontal, y que se concreta en que: por ambas partes (Administración y Sindicatos) se procederá a negociar la implementación y, en su caso el abono, del Nivel II de la Carrera Profesional Horizontal, con las propuestas aportadas por todas las partes; esta negociación se llevará a cabo en el plazo máximo de dos meses.

SGTEX valora este compromiso como un paso adelante en el desarrollo de la CPH del Sector de la Administración General y deseamos que sea el primero de muchos ya que como hemos venido defendiendo desde hace tiempo, tanto en las Mesas de Negociación como en la mismísima Asamblea de Extremadura y seguiremos reivindicando con toda la fuerza, es que se proceda, de forma urgente, a abordar el desarrollo reglamentario de la Carrera Profesional Horizontal. concretándose los plazos y requisitos de reconocimiento y aplicación de los Niveles 2, 3, 4, contemplando una evaluación del desempeño análoga a la que se ha aplicado en otros sectores y procediendo al encuadre de cada empleado público en el nivel que le corresponda; es decir, dando cumplimiento al régimen transitorio del Acuerdo de 2008, poniendo fin así, de una vez por todas, a la desventaja y agravio comparativo que en cuanto a desarrollo y abono de la Carrera Profesional Horizontal han jalonado el devenir del Sector de la Administración General de la Junta de Extremadura.

SGTEX, como ya hiciera, tanto de forma verbal como documental, se manifiesta de acuerdo, apoyando y respaldando la inclusión de los funcionarios interinos y laborales temporales, pues esta Organización lleva haciendo esta reivindicación largo tiempo de forma clara, reiterada y contundente, llegando, incluso, a reclamarlo judicialmente, por no mencionar la normativa europea que lo respalda.

Igualmente, tal como expresamos en la pasada Mesa, reiteramos nuestra conformidad con el hecho de mantener abierta, de forma permanente, la posibilidad de solicitar el reconocimiento del derecho a la carrera profesional por parte de los empleados públicos y de la ventaja que supone hacerlo de forma telemática.

La Administración propone, para el personal funcionario interino y laboral temporal, a efectos del cómputo para el reconocimiento del nivel, les será de aplicación el concepto de “interinos de larga duración” para lo que ha de mantenerse una relación temporal de servicios que supere los cinco años de duración y, además debe permanecerse en el mismo o mantenerse la unidad esencial del vínculo administrativo-laboral entre el trabajador y la administración, en el caso que se hayan ejercido en virtud de uno o varios nombramientos/contratos en el mismo grupo y en la misma categoría profesional/especialidad dentro de la Junta de Extremadura”:

SGTEX pide a la Administración que aclare cuál es el criterio para entender que se mantiene la unidad esencial del vínculo. Determinar y explicitar este criterio ahorrará la judicialización de muchos casos.

También se informó que, de manera excepcional, al no haberse abierto el plazo de solicitud en todo el personal incluido en el ámbito de aplicación de este régimen transitorio que, a fecha de 1 de enero de 2017, cumpla los requisitos para el Nivel Uno, se le reconocerá y abonará la cuantía devengada en 2016. ídem para aquellos que cumplan los requisitos el 1 de enero de se les reconocerá y abonará la cuantía devengada en 2017.

Para quienes consideren que cumplen los requisitos en 2018 y lo soliciten, se procederá al reconocimiento y se devengará, en su caso, a partir del año siguiente.

Descarga aquí este comunicado de SGTEX

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