Propuesta de Bases del Plan de Ordenación del personal del Plan Infoex

/ febrero 15, 2018/ Actualidad, Administración, SGTEX Comunicados, SGTEX Opina, Sin categoría

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El día 14 de febrero se ha celebrado reunión de la Mesa Técnica del INFOEX para tratar sobre la Bases del Plan de Ordenación propuesto por la Administración a las Centrales Sindicales.

SGTEX ha planteado a la Administración las siguientes cuestiones:

Consideramos improcedente e innecesario este acuerdo de Bases. El proceso negociador para el Plan de Ordenación debía haberse culminado en 2011, según se establecía en el Acuerdo de 2011 de mejora de las condiciones laborales del Personal, y lleva 7 años de retraso. Lo que procede ya de una vez es concretar todos los aspectos del Plan de Ordenación, plasmarlos en un documento y firmarlo, y no acordar unas Bases que lo único que dicen es que hay negociar lo que ya se está negociando estos últimos tres años.

Y menos aun cambiando lo acordado en 2011, que era reconocer al personal del Infoex la Categoría de Bombero Forestal recogida en el Catálogo del RD de Categoría profesionales, código 5932, con las ventajas respecto a jubilación, enfermedades profesionales, etc…, que ello conlleva, y no inventarse una nueva categoría.

Y menos todavía alargando los plazos hasta 2021, cuando el primer compromiso era a lo largo de 2016, luego antes de 2019 y el último de la señora Consejera, antes de julio de 2018.

El Acuerdo de Bases es inadmisible por los siguientes motivos:

Primero. INCUMPLE LOS SIGUIENTES COMPROMISOS:

El reconocimiento de la Categoría de Bombero Forestal (cod. profesional 5932 del Cátalogo de Profesiones del RD 1698/2011), al personal del Infoex, y adscripción a protección civil, conforme se establece en el acuerdo de paritaria de 2011 de mejora de las condiciones de trabajo del personal adscrito al plan Infoex, así como en la resolución 462/VIII de agosto de 2014 del pleno de la Asamblea de Extremadura

Incumplimiento de los sucesivos plazos para la culminación del proceso, el primero establecido en el acuerdo de 2015 con fecha tope en 2016 y el reiterado por la Consejera de reconocimiento de la categoría y culminación de todo el proceso antes de finalizar 2018.

Incumplimiento del compromiso de mejora de las condiciones laborales y económicas de todo el personal adscrito al Infoex.

Segundo. FALTA DE CONCRECIÓN Y CONTENIDO DEL ACUERDO PROPUESTO:

Sistema de ingreso

No concreta una serie de cuestiones, como:

  • Qué trabajadores deberán someterse a estas pruebas.
  • Qué ocurrirá con los que no se presenten o no las superen
  • Qué garantía de reserva de la propia plaza tendrán los que participen en el proceso.
  • Qué tipo de prueba realizará el personal temporal

Provisión

  • No se concreta si se garantizará que solo puedan acceder a los nuevos puestos los que actualmente los ocupan o podrá presentarse personal de otras consejerías o colectivos.
  • Proponemos que se concrete en estas bases que existe reserva de puesto para cada trabajador que participe en el proceso
  • No concreta si alguna parte del colectivo estará exento de las pruebas.
  • No concreta si la incorporación a la nueva categoría será voluntaria para el trabajador.

Promoción profesional

  • El acuerdo de bases no concreta si se exigirá el carné a todos los participantes en el proceso, y en qué situación quedarán en caso de no tenerlo.
  • Además de no especificar si su complemento será igual que el de los trabajadores asignados a un puesto de conductor o al resto que sí tenga carné

Jubilación

  • El acuerdo no explica cuál ha sido la contestación del ministerio a la petición de las centrales sindicales, ni concreta ninguna medida específica dirigida a facilitar la jubilación anticipada. Proponemos que se concrete antes de la firma

Cambio de puesto de trabajo. No aptos. Segunda actividad

  • El acuerdo no contiene ningún tipo de medida al respecto. Concrétese antes de la firma.

Medidas económicas

  • El acuerdo no específica sí la subida del l 12 afectará por igual a todos los trabajadores que se incorporen a la nueva categoría.
  • Y si la subida no se aplicará a los trabajadores que permanezcan en las categorías actuales.
  • No se recogen las mejoras económicas acordadas en el acuerdo de mayo de 2015. Concrétense.

Plazos

  • No recoge fecha límite para la aprobación del plan de ordenación ni de aplicación e implementación de todas sus medidas. O sea que no se fija fecha para saber cuándo se podrá acceder a la nueva Categoría.

A todas estas cuestiones y propuestas de SGTEX, la Administración contesta que consultará con Función Pública lo que se puede incluir en las Bases del Plan de Ordenación y lo que no, y que efectuará nueva propuesta.

SGTEX entiende que se debe dar una respuesta clara a todas las cuestiones planteadas antes de aprobar las Bases para desarrollarlas, y no cometer el error de mayo de 2015, en que la Administración y los Sindicatos mayoritarios firmaron un Acuerdo vacío de contenido e imposible de cumplir, tal como advirtió este sindicato y que tanto el tiempo y los hechos han demostrado.

Descarga aquí este comunicado de SGTEX

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