Aunque SGTEX lo ha solicitado a la Junta de Extremadura, no habrá cierre en las escuelas infantiles para ejercer el derecho al voto en las elecciones sindicales
El pasado 29 de octubre el Sindicato de Empleados Públicos de Extremadura SGTEX, registró dos escritos dirigidos a la Secretaría General de Educación y al Servicio de Relaciones Laborales y Asuntos sindicales en los que se solicitaba lo siguiente:
1- Permitir el cierre de las Escuelas Infantiles durante las dos últimas horas de la jornada escolar del día 1 de diciembre de 2022, fecha en que se celebrarán las elecciones sindicales que están convocadas, con el fin de que no se produzcan agravios comparativos con los trabajadores de los Colegios Públicos, Institutos de Enseñanza Secundaria, Escuelas Hogar y Centros Universitarios dependientes de la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura hecho que facilitaría el derecho a voto tal y como se indica en la ley electoral.
2- Igualmente se autorice la ausencia de los trabajadores en el horario que mejor les convenga para aquellos que tienen que ejercer su voto en las Mesas Itinerantes pues estas tienen un horario concreto y limitado ya que fuera de ese intervalo no podrán ejercitarlo.
Habiendo pasado 25 días desde su presentación y ante la falta de respuesta el 23 de noviembre, nos hemos puesto en contacto telefónico con la Secretaría General de Educación donde muy amablemente nos han confirmado que NO SE VA A PRODUCIR EL CIERRE SOLICITADO lo cual va a suponer un agravio comparativo con el resto de centros educativos de la Comunidad además de un claro impedimento para que los trabajadores de estos centros puedan ejercer su derecho al voto al tener que plantearse el acudir a la mesa electoral y dejar en una situación precaria su aula al ausentarse y traspasar a la compañera que permanezca en el centro la doble responsabilidad de tener que atender a los alumnos de la trabajadora que vaya a votar.
Y además estos hechos serán aún peores en el caso de tener que desplazarse a otra localidad para votar pues como viene reflejado en las INSTRUCCIONES de la Dirección General de Función Pública por las que se establecen las medidas a adoptar en el desarrollo del proceso electoral sindical, así como el régimen de permisos del personal que presta servicios en el ámbito de la Administración General de la Junta de Extremadura establecen permisos de mayor duración en el caso de tener que realizar el ejercicio del voto en una localidad diferente a la de la Escuela Infantil donde en su instrucción Octava dice literalmente:
Octava: Permisos para ejercer el derecho al voto.
“… En el caso de que tuviese que desplazarse a otra localidad, se concederá, por parte de los responsables de personal, el tiempo adicional que se estime necesario para efectuar el desplazamiento. “. Hechos que en la práctica pueden suponer la ausencia de más de tres horas para poder ejercer el derecho de todo trabajador.
Desde este sindicato no logramos entender cómo se permite el cierre en el resto de centros educativos en todos los niveles y en las Escuelas Infantiles donde los alumnos de 0 a 3 años son totalmente dependientes de las TEI que los atienden no se permite esta misma medida. No parece muy lógico el forzar a las TEI a tener que responsabilizarse de los alumnos de la compañera que tiene que ausentarse del aula para poder ejercer su derecho al voto. Esto no sucederá en el resto de centros educativos.
Una vez más viene a quedar patente el trato desigual que se presta al Primer Ciclo de Infantil por parte de la Consejería de Educación y Empleo respecto a los demás niveles educativos. La igualdad de trato y la coherencia en las medidas a aplicar deberían de estar presentes en este tipo de situaciones que conllevan al trato discriminatorio y desigual de trabajadores en el mismo ámbito laboral.