Negociación del turno de traslado y de la modificación del V Convenio Colectivo para el personal laboral

/ febrero 15, 2022/ Actualidad, Administración, SGTEX Opina, Sin categoría

Envíaselo a alguien a quien pueda interesarle!!

El día 11 de febrero de 2022, El Sindicato de Empleados Públicos de Extremadura, SGTEX, junto a las demás Centrales Sindicales, ha asistido, convocados por la Dirección General de Función Pública a la reunión de la Comisión Negociadora para Personal Laboral, con el siguiente Orden del día:

Punto Primero. Propuesta de modificación del artículo 13 del V Convenio Colectivo para el personal laboral al servicio de la Junta de Extremadura.

En la nueva redacción se pretendía anular el párrafo siguiente “El trabajador laboral fijo que sea declarado por el I.N.S.S. en incapacidad permanente total, podrá solicitar a la Dirección General de la Función Pública, en el plazo de 1 mes desde la notificación de la correspondiente Resolución del I.N.S.S., el cambio del puesto de trabajo que ostente con carácter definitivo por otro puesto de trabajo vacante, ya sea desocupado o desempeñado temporalmente, y cuya categoría sea de igual o inferior grupo de clasificación, siempre que la situación del trabajador lo requiera y la organización del trabajo lo permita.”

SGTEX no solo no está de acuerdo en la supresión, sino que exige que se cumpla con la resolución de aquellas personas que lo tienen reconocido en muchos casos desde hace casi veinte años y que es un derecho que se está vulnerando, a lo que la Administración nos responde que no es un derecho como tal, y que los funcionarios no lo tienen reconocido. SGTEX pide que, en lugar de quitárselo al personal laboral, lo establezca también para el personal funcionario.

Punto Segundo. Adaptaciones del Convenio Colectivo para el personal laboral al servicio de la Junta de Extremadura en relación a una posible convocatoria del turno de traslado, teniendo en cuenta lo dispuesto en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.

La Dirección General de Función Pública nos pregunta que qué opinamos sobre sacar el concurso de traslado, ya que, según su opinión, “es preceptivo para el Personal Laboral”.

Desde SGTEX creemos necesario que el concurso de  traslado del personal laboral salga cuanto antes, y que las bases comiencen a  negociarse de forma inmediata, con una postura muy clara referente a que no se engañe a los trabajadores fijos que estén interesados en participar en este, y por seguridad jurídica se retiren las plazas que están afectadas por la ley 20/2021de 28 de diciembre que deriva del decreto de 7 de julio de 2021 negociado y aprobado por los sindicatos mayoritarios a nivel nacional.

Estos mismos sindicatos proponen ahora en Extremadura lo contrario que aprobaron hace solo unos meses: establecer en las bases del concurso algo que con toda seguridad judicializará todo el proceso de traslado, al pretender que las plazas que se reserven para estabilización no sean las definidas con su código, según establece la mencionada ley de estabilización, sino que se reserve un número global de plazas. Y lo que es peor, proponen que todos los procesos (tanto el de traslado como el de estabilización) se resuelvan al mismo tiempo, lo que con toda seguridad retrasaría el traslado como mínimo hasta finales de 2024. La Directora General de Función Pública contesta a los sindicatos mayoritarios que está totalmente de acuerdo con su propuesta, pero que tienen que enviar una norma desde el ministerio para saber si es ésta la interpretación que debe regular el proceso de estabilización.

Desde SGTEX insistimos en que, mientras no se conozca el criterio definitivo del ministerio, la propuesta de los sindicatos mayoritarios podría crear falsas expectativas al personal fijo y poner en peligro todo el proceso al no ajustarse a la legalidad, y derivar con toda seguridad en demandas generalizadas por parte del personal temporal, lo que suspendería de forma interminable un traslado que llevamos esperando cuatro años.

SGTEX no va a colaborar en maquillar los “errores” de esta Administración y los sindicatos mayoritarios, y pide que se negocien unas bases de traslados más generales, a la espera de que el Ministerio se pronuncie con mayor concreción sobre la forma en que las plazas se ofertarán a estabilización; si es global o con las características de mayor concreción establecidas en la Ley. No se puede arreglar ahora con parches y engaños lo que se firmó antes sin pensar en las consecuencias, perjudicando por el camino tanto al personal fijo como al interino, cuando a este último quien lo ha llevado a esta situación ha sido precisamente la ineptitud o la mala fe de esta Administración irresponsable.

En otro orden de cosas, SGTEX propuso a la Administración que arbitre una fórmula que permita al personal administrativo o auxiliar administrativo con contrato laboral, que actualmente tiene cercenado el derecho a la movilidad, pueda, cuando llegue el momento, optar a las plazas de funcionario de su especialidad.

Se anula la disposición adicional 6ª por haberse agotado los objetivos para los que fue creada, favoreciendo así a los trabajadores al evitar dos concursos de traslados.

Punto Tercero. Propuesta de modificación de la letra c) del número 5 del apartado Primero del artículo 15 (Turno de traslado) del V Convenio Colectivo para el personal laboral al servicio de la Junta de Extremadura.

Después de reiteradas peticiones realizadas por SGTEX desde 2015, tanto en mesas de negociación como mediante escritos registrados solicitando la modificación del V Convenio en este sentido, conseguimos que se elimine la limitación de valoración como mérito de los cursos realizados los ocho (8) años antes del traslado, computando desde ahora los realizados desde el acceso a la Administración.

 

 

 

 

 

Compartir esta entrada