Convocadas pruebas selectivas para Lista de Espera de la categoría Bombero/a Forestal Conductor/a

/ diciembre 4, 2019/ Actualidad, Administración, Empleo, Oposiciones, concursos, SGTEX Comunicados, SGTEX Opina, Sin categoría

Envíaselo a alguien a quien pueda interesarle!!

En el D.O.E. de hoy, 4 de diciembre de 2019, número 234, se ha publicado la Orden de 2 de diciembre de 2019 por la que se convocan pruebas selectivas para la constitución de listas de espera en el Grupo IV, categoría Bombero/a Forestal Conductor/a, de personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con el objeto de atender las necesidades de personal no permanente mediante la provisión temporal de puestos vacantes en esta Categoría.

Las bases de la presente convocatoria, así como todos sus anexos, se podrán consultar a través de internet en la dirección http://ciudadano.gobex.es/buscador-empleo. Además, a efectos informativos, se hará público, en la misma dirección de internet, la relación de aspirantes admitidos/as y excluidos/as, provisional y definitiva, y la relación de aprobados.

SOLICITUDES

Quienes deseen participar en esta prueba selectiva deberán hacerlo constar en el formulario de solicitud al que se accederá exclusivamente a través de la página web http://ips.juntaex.es.

Una vez cumplimentada vía internet, la solicitud deberá ser impresa y tras procederse al abono de la tasa correspondiente en la entidad bancaria colaboradora, se presentará tal y como se establece en el apartado 7 de la presente base, en el plazo de DIEZ días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura.

La solicitud se dirigirá a la Dirección General de Función Pública, de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, avda. Valhondo s/n., Edificio III Milenio de Mérida.

Los/as interesados/as deberán presentar su solicitud registrada en soporte papel, no siendo posible su presentación por medios telemáticos. La simple tramitación de la solicitud vía internet no exime de su presentación en un registro oficial, ni de hacerlo en el plazo indicado. Tampoco exime al aspirante del requisito de proceder a su firma ni de abonar la correspondiente tasa por derechos de examen.

Las Oficinas de Respuesta Personalizada y los Centros de Atención Administrativa de la Junta de Extremadura, en caso que fuera posible, facilitarán a los/as aspirantes el acceso a medios telemáticos para cumplimentar las solicitudes.

La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del/la aspirante.

Los/as aspirantes con discapacidad podrán solicitar, en la instancia, las adaptaciones en tiempo y medios necesarios para la realización de los ejercicios para ello deberán formular en el modelo de solicitud la petición concreta de adaptación en la que se reflejen las necesidades específicas para acceder al proceso selectivo en condiciones de igualdad.

Para cada zona de coordinación en que se divide el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma se creará una lista de espera. Por consiguiente, en el modelo de solicitud los/as aspirantes podrán indicar la zona o zonas en las que deseen figurar. De no formularse solicitud en este sentido, el/la aspirante se incluirá en las listas de espera de todas las zonas de coordinación, si bien la renuncia al puesto que se ofrezca dará lugar a la exclusión de todas las listas de la misma Categoría y Especialidad.

Una vez publicada la lista de espera se podrán atender las solicitudes de modificación de zonas, siempre que la misma consista en reducción del número de zonas inicialmente cumplimentadas en la instancia.

La presentación de instancias podrá hacerse en cualquiera de las oficinas de registro de documentos integrados en el Sistema de Registro Único de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y de sus organismos públicos vinculados o dependientes o por cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el/la funcionario/a de Correos antes de ser certificadas.

La tasa por derechos de examen se fija en la cantidad 7,49 euros por solicitud, con una bonificación del 50% de la cuota para los participantes en pruebas selectivas que se encuentren en situación legal de desempleo durante, al menos, los tres meses inmediatamente anteriores a la fecha de publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la correspondiente convocatoria de pruebas selectivas.

La tasa por derechos de examen ingresada se reintegrará a:

Los/as aspirantes que acrediten la condición de tercer o ulterior hijo dependiente de sus padres, cuando el domicilio familiar radique en Extremadura con dos años de antelación al plazo máximo de presentación de solicitudes y que la unidad familiar tenga unas rentas menores cinco veces al salario mínimo interprofesional (SMI), siempre que efectivamente participen en las pruebas selectivas que se convoquen y soliciten la devolución del ingreso.

No será procedente la devolución de la tasa en los supuestos de exclusión de participación en las pruebas selectivas por causa imputable a la persona interesada. La falta de justificación del abono de los derechos de examen, o de  encontrarse exento, determinará la exclusión del/la aspirante.

PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN

El ejercicio constará de dos fases:

Primera fase. Consistirá en contestar un cuestionario de 60 preguntas en el tiempo máximo que determine el Tribunal y que no podrá exceder de 70 minutos. Cada pregunta del cuestionario estará compuesta por cuatro respuestas alternativas de las que sólo una de ellas será la correcta, basado en el contenido del programa de materias que figura en el anexo III de las bases y que puedes descargar al final de este post.

En todo caso, deberá exigirse por el Tribunal de Selección, la normativa vigente al día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Para la valoración de este ejercicio se aplicará el siguiente criterio de corrección: cada 4 respuestas contestadas erróneamente, restarán una pregunta contestada correctamente.

La puntuación mínima para superar este ejercicio se obtendrá, una vez aplicado el criterio anteriormente citado, cuando el/la aspirante haya contestado correctamente el 50 por ciento de las preguntas de las que componen el cuestionario. Esta prueba será calificada de 0 a 10 puntos, siendo necesario para superarla obtener un mínimo de 5 puntos.

La celebración de la primera fase del ejercicio tenga lugar durante el primer trimestre de 2020.

Segunda fase: La realización de una prueba física con carácter eliminatorio. Dichas pruebas físicas serán las recogidas en el anexo IV de esta orden. La calificación de esta prueba será de “Apto/No Apto”.

En el momento de realización de esta prueba física, el aspirante deberá presentar un Certificado Médico en vigor, en impreso oficial del Colegio de Médicos y firmado por un colegiado en ejercicio, aquel aspirante que no lleve en su poder este Certificado en el momento de realización de la prueba física, no podrá realizar la misma.

Aquí puedes descargar las bases de esta convocatoria

 

Compartir esta entrada