Constituida lista de espera en el Cuerpo Superior de Letrados

/ octubre 16, 2025/ Actualidad, Administración, Oposiciones, concursos, Sin categoría

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En el D.O.E. de hoy, 16 de octubre de 2025, número 199, se ha publicado la Resolución de de 8 de octubre de 2025, de la Dirección General de Función Pública, por la que se constituye lista de espera del Cuerpo Superior de Letrados de la Administración de la Junta de Extremadura, correspondiente a las pruebas selectivas convocadas por Orden de 13 de abril de 2023.

Y se constituye por el orden de puntuación obtenida en la fase de oposición de las pruebas selectivas convocadas por Orden de 13 de abril de 2023.

La referida lista se expondrá al público en las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía de la Junta de Extremadura. Asimismo, podrán consultarse en esta dirección de internet, desde el mismo día de publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Extremadura.

La ordenación de la misma resulta de aplicar los siguientes criterios:

1.º Mayor número de ejercicios aprobados.
2.º Mayor puntuación en la suma de los ejercicios aprobados.
3.º En los supuestos de empate, el orden de prelación comenzará por la letra “G” resultante del sorteo público celebrado en cumplimiento del artículo 29 del mencionado Reglamento General de Ingreso, publicado mediante Resolución de 16 de marzo de 2023 (DOE n.º 54, de 20 de marzo).

La lista de espera constituida se instrumentará de acuerdo con los criterios de zonificación que se hallen vigentes, de tal modo que dará lugar a listas específicas en cada una de las zonas existentes en función de la petición formulada por cada aspirante en la instancia de participación en las pruebas selectivas.

La lista de espera que se constituye mediante la presente resolución, sustituirá a la derivada de la anterior convocatoria de pruebas selectivas, de conformidad con lo establecido en el artículo 29.8 del Reglamento General de Ingreso, así como, en su caso, a la lista de espera constituida de conformidad con lo dispuesto en el artículo 30.4 del citado texto legal.

Aquí puedes obtener esta Resolución con su contenido íntegro

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