Oposiciones. Constituidas listas de espera en varias categorías y especialidades
En el D.O.E. de hoy, 11 de octubre de 2023, número 196, se han publicado las Resoluciones de 6 de octubre de 2023, de la Dirección General de Función Pública, por la que se constituyen las siguientes listas de espera de personal laboral y funcionario de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, correspondiente a las pruebas selectivas convocadas por Orden de 16 de diciembre de 2021.
- Las listas de espera constituidas son de las siguientes categorías y especialidades:
- Grupo IV, categorías/especialidades Auxiliar de Enfermería y ATE/Cuidador/a
- Cuerpo Subalterno, especialidad Subalterno. Acceso personas con discapacidad intelectual
- Grupo II, categoría/especialidad Educador/a
- Grupo V, Categorías/Especialidades Camarero/a-Limpiador y Ordenanza
- Cuerpo Técnico, especialidades Informática e Ingeniería Técnica Agrícola
- Grupo V, categorías/especialidades Camarero/a-Limpiador/a y Ordenanza. Acceso personas con discapacidad intelectual
Las referidas listas se expondrán al público en las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía de la Junta de Extremadura. Asimismo, podrán consultarse en esta dirección de internet, desde el mismo día de publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Extremadura.
La ordenación de las referidas listas de espera resulta de aplicar los siguientes criterios:
1º. Mayor número de ejercicios aprobados.
2º. Mayor puntuación en la suma de los ejercicios aprobados.
3º. En los supuestos de empate el orden de prelación comenzará por la letra “M”, como así se establece en la base octava de la convocatoria.
Las listas de espera constituidas se instrumentarán de acuerdo con los criterios de zonificación que se hallen vigentes, de tal manera que dará lugar a listas específicas en cada una de las zonas existentes en función de la petición formulada por cada aspirante en la solicitud de participación en las pruebas selectivas.
Las listas de espera que se constituyen mediante la presente resolución sustituyen a las derivadas de la anterior convocatoria de pruebas selectivas, de conformidad con lo establecido en el artículo 29.8 del Reglamento General de Ingreso.
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