Oferta de Empleo Público de la Junta de Extremadura para 2020
Hoy, 29 de diciembre de 2020, se ha publicado en el D.O.E., número 249, la Resolución de 23 de diciembre de 2020, de la Vicepresidenta Primera y Consejera, por la que se dispone la publicación en el DOE del Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Junta de Extremadura para el año 2020.
Esta Oferta se conforma con las plazas de personal funcionario, laboral, personal docente no universitario y personal estatutario que no han podido ser atendidas con los efectivos de personal existentes, que figuran en las correspondientes relaciones de puestos de trabajo o en las plantillas de personal docente no universitario y de personal estatutario, que se hallan convenientemente dotadas presupuestariamente, con las limitaciones establecidas en la Ley 1/2020, de 31 de enero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2020.
La Oferta de Empleo Público para 2020 incluye, dentro de las limitaciones derivadas de la tasa de reposición de efectivos establecida en el apartado Uno, puntos 2 y 3 del artículo 19 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, y en uso de la facultad otorgada a tal efecto por el apartado Tres de dicho precepto, las plazas de personal funcionario, las plazas de personal laboral cuya distribución por Categorías Profesionales se realizará en las correspondientes convocatorias, así como las de personal estatutario de las Instituciones Sanitarias cuya provisión se considera inaplazable o que afectan al funcionamiento de los servicios públicos existentes, plazas que se detallan en anexo I a este Acuerdo, que puedes obtener al final de este post.
Del total de plazas ofertadas se reservará un cupo del 10 por ciento del conjunto de las mismas para ser cubiertas por personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento
Las plazas que queden vacantes del turno de discapacidad se acumularán a las convocadas para el turno libre.
Las plazas reservadas a personas con discapacidad intelectual serán ofertadas, en todo caso, mediante convocatoria independiente, acumulándose aquellas plazas que queden vacantes, al cupo de reserva de la oferta pública siguiente.
Las plazas de la presente Oferta podrán acumularse a las plazas correspondientes a las Ofertas Adicionales de Empleo Público encuadradas en los procesos de estabilización de empleo temporal previstos en las Leyes de Presupuestos Generales del Estado para su tramitación en una única convocatoria.
PLAZAS DE NATURALEZA FUNCIONARIAL
PLAZAS DE NATURALEZA LABORAL
PLAZAS DE NATURALEZA ESTATUTARIA
PROMOCIÓN INTERNA – PLAZAS DE NATURALEZA LABORAL
PROMOCIÓN INTERNA – PLAZAS DE NATURALEZA ESTATUTARIA