Publicado el Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura de no contratar personal interino ni temporal

/ marzo 2, 2020/ Actualidad, Administración, Empleo, SGTEX Comunicados, SGTEX Opina, Sin categoría

Envíaselo a alguien a quien pueda interesarle!!

En el D.O.E. de hoy, 2 de marzo de 2020, número 42, se ha publicado la Resolución de 21 de febrero de 2020, de la Vicepresidenta Primera y Consejera, por la que se ordena la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura de 19 de febrero de 2020, por el que se establecen las directrices de contratación de personal laboral temporal y nombramiento de funcionarios interinos en 2020.

En dicho Acuerdo se establece aprobar las directrices contenidas en el anexo al presente acuerdo, las cuales serán de obligado cumplimiento por parte de los órganos competentes en materia de personal de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, sus organismos autónomos, entidades públicas y cualesquiera otras entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración de la Comunidad Autónoma.

En las referidas directrices, en la contratación de personal laboral temporal y en el nombramiento de funcionarios interinos se atenderá a los siguientes criterios generales:

De conformidad con lo establecido en el artículo 27.4 de la Ley 1/2020, de 31 de enero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2020, no se procederá a la contratación de personal laboral temporal, ni al nombramiento de funcionarios interinos, salvo en casos excepcionales.

Antes de solicitar cualquier contratación o nombramiento temporal, el órgano responsable deberá analizar la situación de la plantilla y estudiar la posibilidad de suplir la deficiencia temporal con el personal existente, mediante una redistribución de efectivos, reforzando la unidad de que se trate con personal de otras unidades adscritas a la misma Consejería, o a sus organismos dependientes, con menos carga de trabajo, o bien acudiendo a las formas provisorias existentes en la legislación laboral o funcionarial de aplicación.

En todo caso, la contratación o el nombramiento deberá realizarse por el tiempo mínimo indispensable y deberá existir dotación presupuestaria.

Aquí puedes descargar esta Resolución con su contenido íntegro desde su ubicación original

SGTEX critica duramente la decisión del gobierno extremeño de no contratar personal interino ni temporal

El Sindicato de Empleados Públicos Extremeños SGTEX no alcanza a comprender cómo es posible que el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura haya adoptado una decisión de este tipo sin conocer cuáles serán las necesidades y las posibles carencias de personal de los servicios públicos que debe prestar a lo largo del presente ejercicio, máxime cuando ya en la actualidad esas carencias son evidentes, con plantillas exánimes sobre todo en centros de trabajo pertenecientes al Servicio de Promoción y Atención a la Dependencia (SEPAD)

SGTEX no puede sino atribuir esta decisión a una falta de previsión en la elaboración y aprobación de los recientes Presupuestos de la Comunidad autónoma y también a la nula sensibilidad que los dirigentes del gobierno autonómico demuestran para con los ciudadanos que necesitan de estos servicios públicos, tales como las personas mayores en residencias o los menores en centros de acogida o protección.

Si la medida obedece, por contra, a la incertidumbre sobre la decisión del Tribunal Europeo de Justicia sobre la situación del personal interino y temporal en las administraciones públicas, de la cual los únicos que no tienen culpa son los propios trabajadores temporales, y que se prevé se adopte el 19 de este mes de marzo, este sindicato entiende que la decisión del consejo de gobierno pone el parche antes de la herida, y que debería, al menos, haber aguardado a conocer el sentido de la sentencia de dicho órgano jurisdiccional.

De todos modos, y sea cual sea dicho pronunciamiento, una medida tan drástica debería, al menos, ir acompañada de otras complementarias y alternativas que palíen la merma que esta decisión va a ocasionar en la calidad de los servicios públicos, que sin duda van a resultar gravemente afectados.

Si por la legislación estatal es inviable la creación de nuevos puestos de trabajo de empleo público y por voluntad de la Junta no se van a poder cubrir las bajas temporales de trabajadores ni las vacantes que por distintas razones vayan produciéndose en los centros de trabajo dependientes de la administración, alguien debería explicar a los ciudadanos quién va a atenderles cuando lo necesiten, y al resto de trabajadores (cada vez menos) que vayan quedando, cómo va la Junta a compensarles el exceso de horas y de carga de trabajo que realicen a partir de ahora, supliendo las tareas que ahora realizan esos compañeros que, acaso, puedan verse afectados por una enfermedad, jubilación, etc.

SGTEX insta, por tanto, a la Junta de Extremadura a rectificar y dar marcha atrás a lo que considera un despropósito e invita a convocar de urgencia a los sindicatos representativos de los empleados públicos a la mesa general de negociación a fin de dar las oportunas explicaciones de los motivos que le llevan a adoptar este tipo de decisión unilateral, así como para que ponga sobre la mesa medidas tendentes a paliar el paulatino deterioro del empleo público, que hasta ahora sólo se ha limitado a la contratación de personal externo a través de empresas públicas o privadas, lo que para este sindicato supone un fraude a la ciudadanía extremeña.

Compartir esta entrada