Adjudicaciones definitivas en el concurso de traslado de la categoría de Técnico Medio Sanitario: Cuidados Auxiliares de Enfermería
Hoy, 17 de febrero de 2020, se ha publicado en el D.O.E., número 32, la Resolución de 6 de febrero de 2020, de la Dirección Gerencia, por la que se hacen públicas las adjudicaciones definitivas en el concurso de traslado para la provisión de plazas básicas vacantes en la categoría de Técnico Medio Sanitario: Cuidados Auxiliares de Enfermería, en las instituciones sanitarias del Servicio Extremeño de Salud.
En dicha Resolución se establece hacer públicas las puntuaciones y destinos definitivamente adjudicados en el concurso de traslado para la provisión de plazas básicas vacantes en la categoría de Técnico Medio Sanitario: Cuidados Auxiliares de Enfermería, según figura en el anexo de la presente resolución. Podrán asimismo consultarse en la dirección de internet: https://convocatoriasses.gobex.es.
Se declaran desiertas las vacantes convocadas y no adjudicadas, las cuales no aparecen publicadas en el citado anexo.
Los destinos adjudicados son irrenunciables, salvo que dicha renuncia esté motivada por la obtención de plaza en virtud de la resolución de un procedimiento de movilidad voluntaria convocado por otra Administración. En tal caso, deberá acreditarse dicha obtención mediante copia del Boletín Oficial en el que aparezca la adjudicación del destino o certificado expedido por el Centro que acredite que se ha efectuado la toma de posesión.
Los concursantes que obtengan plaza deberán cesar en la que, en su caso, desempeñen dentro de los tres días hábiles siguientes a aquél en que se publique la resolución definitiva del concurso, salvo en los casos de disfrute de permiso o licencia reglamentaria, en cuyo caso el cómputo del plazo para el cese se contará a la finalización de dicho permiso o licencia.
El plazo para tomar posesión del nuevo destino será de tres días hábiles a partir del día del cese, si las plazas son de la misma Área de Salud; diez días hábiles, si cambia de Área de Salud, y de un mes si implica cambio en el Servicio de Salud de destino. A estos efectos, se entenderá por plaza desempeñada la efectivamente ocupada, con independencia de que sea en condición de destino definitivo, adscripción, destino provisional o comisión de servicio, si bien los plazos anteriormente citados no serán de aplicación en el caso de obtener plaza en la misma institución o localidad donde se presta servicios.
En el caso de que la adjudicación de plaza suponga reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión será de un mes a contar desde el día de la publicación de la resolución definitiva.
Excepto cuando la resolución del concurso implique el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión tendrá la consideración de servicio activo, percibiéndose los correspondientes haberes con cargo a la plaza de destino.
Se entenderá que solicita la excedencia voluntaria por interés particular, siendo declarado en dicha situación por el Servicio de Salud en que prestaba servicios, quien no se incorpore al destino obtenido dentro de los plazos establecidos.
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