Reunión conjunta de la Mesa Sectorial de Administración General y de la Comisión Negociadora para el Personal Laboral. RPT Consejería de Economía e Infraestructuras

/ abril 2, 2019/ Actualidad, Administración, SGTEX Comunicados, SGTEX Opina, Sin categoría

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Reunión conjunta de la Mesa Sectorial de Administración General y de la Comisión Negociadora para el Personal Laboral que ha tenido lugar día 29 de marzo de 2019, cuyo orden del día contenía los siguientes puntos:

  • La Modificación de la Relación de Puestos de Trabajo de personal funcionario y laboral de la Consejería de Economía e Infraestructuras.
  • Creación de 4 puestos, de los cuales 3 son de naturaleza funcionarial y 4 laboral. Se amortizan 7 de funcionarios, con lo que tenemos un saldo neto de pérdida de 3 puestos de trabajo.

CREACIONES FUNCIONARIOS: 3

CÓDIGO/S DENOMINACIÓN LOCALIDAD CENTRO DIRECTIVO
2 42333410 // 42333510 TECNICO/A EN TURISMO MÉRIDA DIRECCIÓN GENERAL DE TURISMO
1 42333310 J. SEC. DE PROMOCION DEL TURISMO II MÉRIDA

 

AMORTIZACIONES DE FUNCIONARIOS: 7

CÓDIGO/S DENOMINACIÓN LOCALIDAD CENTRO DIRECTIVO
2 1376 // 1519 AUXILIAR DE ADMINISTRACION MÉRIDA SECRETARÍA GENERAL
1 42237810 J. SEC. DE ASUNTOS GENERALES MÉRIDA
1 2314 SUBALTERNO/A-CONDUCTOR/A CÁCERES SEC. GRAL. DE ECONOMÍA Y COMERCIO

 

1 41658410 TECNICO/A EN RELACIONES LABORALES MÉRIDA DIR. GRAL. DE EMPRESA Y COMPETITIVIDAD
2 4206 // 4207 AUXILIAR DE ADMINISTRACION MÉRIDA

 

CREACIONES LABORALES: 1

CÓDIGO/S DENOMINACIÓN LOCALIDAD CENTRO DIRECTIVO
1 42361410 INSPECTOR REVISOR/A CÁCERES. PARQUE

MAQUINARIA

SECRETARÍA GENERAL

MODIFICACIONES FUNCIONARIOS: Al puesto con nº de control 315 de J. Neg. De Ayudas al Sector Turístico, se le cambia de Centro directivo y pasa a la Dir. Gral. de Turismo, se suprime la especialidad de Diplomado/a en Empresariales y se modifica su requisito de experiencia que pasa a 1 año en gestión materia de turismo; también se modifican sus méritos: exp. Inspección de turismo, Exp. Tramitación y gestión de ayudas. Exp. Tramitación expedientes autorización establecimientos turísticos. Idiomas.

Al puesto con nº de control 17296 J. Neg. Inspección y Asesor. Empres. Turis. Se le suprimen las especialidades de diplomado/a en empresariales y se le cambia el requisito de experiencia: 1 año en gestión materia de turismo y los méritos de experiencia: exp. Inspección de turismo y exp. Tramit. Expedientes autorización estable. Turísticos. Idiomas.

Al puesto con nº de control 326 J. Sec. Turismo, se le suprime la especialidad de Ciencias Económicas y/o empresariales, Administración General, Diplomado/a en Empresariales, se le modifica el requisito de experiencia: 2 años en Gestión materia de turismo y los méritos de experiencia: trámit. expedientes autorización estableci. Turísticos. Idiomas y exp. Inspección de turismo.

Al puesto con nº de control 372 de J. Neg. Inspección se le suprimen las especialidades de diplomado/a en empresariales y se le modifica el requisito de experiencia: Exp. 1 año en gestión materia de turismo y los méritos de experiencia: exp. Tramit. Expedientes.  Autorización establ. Turísticos. Idiomas. Y Exp. Inspección de turismo.

Al puesto con nº de control 316 de J. Secc. De Turismo se le suprimen las siguientes especialidades: Jurídica, Ciencias Ec. y/o Empresariales, Admón. Gral. y Diplomado/a en Empresariales. Se modifica el requisito de experiencia: 2 años en gestión materia de turismo. Y los méritos de experiencia: exp. Tramit. Expedientes.  Autorización establ. Turísticos. Idiomas. Y Exp. Inspección de turismo.

Al puesto con nº de control. 322 J. neg. De empresas y Actividades Cuerpo Turist. Se le suprimen las especialidades de Diplomado/a en Empresariales y se le modifica el requisito de experiencia: 1 año en gestión materia de turismo. Y los méritos de experiencia: exp. Tramit. Expedientes.  Autorización establ. Turísticos. Idiomas. Y Exp. Inspección de turismo.

Al puesto con nº de control 39112510 de J. Sec. De planes y convenios. Se abre a la especialidad de Jurídica y se le modifica el requisito de experiencia: 2 años en gestión materia de turismo. Y se le consignan los méritos de experiencia: exp. Tramitación y gestión de ayudas. Exp. Idiomas y Exp. En comercialización turística. Se le suprime el PAA.

Al puesto 373 de Jefe de Sec. De Promoción del turismo se le suprimen las siguientes especialidades: Jurídica, Ciencias Ec. y/o Empresariales, Admón. Gral., Diplomado en Empresariales, quedando abierto sólo a Empresas y Actividades Turísticas. Se le modifica el requisito de Experiencia: 2 años en Gestión materia de Turismo. Como méritos de experiencia se le consignan: exp. Tramitación y gestión de ayudas; exp. Idiomas y Exp. En comercialización turística.

Tal como expresamos en la Mesa del 28 de enero del corriente, en la que se trataron estos puestos, hemos vuelto a insistir en la importancia y el peligro que tiene exigir un requisito tan específico relacionado con la materia del puesto, en este caso “Gestión en materia de turismo”, que sólo pueden tener quienes desempeñen su labor en este área, ya que, por un lado, se coarta sustancialmente la movilidad de los empleados públicos, convirtiendo estos puestos en un reducto casi estanco y, por otro,  dificultando considerablemente la propia provisión del puesto, lo que, por otra parte, contraviene la normativa (art. 11 del Decreto 29/1994 de 7 de marzo por el que se establecen criterios para las relaciones de puestos de trabajo del personal de la Junta de Extremadura, en cuyo apartado 1.- se establece que “Todos los puestos de J. de Sección y J. de Neg. Tendrán como requisito indispensable la experiencia de 2 años y 1 año, respectivamente (…), evitándose grados de concreción que dificulten la normal provisión de los puestos”). Ahora, se añade la supresión de especialidades en los puestos de Jefatura de Sección, por lo que el acceso se restringe aún más, por cuanto se tiende a cerrar, exclusivamente, a la especialidad de empresas y actividades turísticas, a lo que se añade, por si fuera poco, la consignación de varios méritos que dejan los puestos en situación de acceso muy limitado.

Además, debido a esta tendencia  a la  especialización  mediante la singularidad de los requisitos y teniendo en cuenta las consecuencias que puede acarrear, en la reunión de la Mesa Sectorial del pasado 28 de enero, de esta misma Dirección General de Turismo, ya instamos a la Administración a la reflexión sobre el hecho de “especializar” demasiado las áreas/puestos de trabajo ya que se limita, como hemos dicho, la movilidad de los funcionarios/as en grado sumo, por lo que es necesario buscar el equilibrio entre especialización, en orden a la complejidad de conocimientos y tareas para una atención óptima al usuario/a y la propia movilidad de los empleados públicos, por no mencionar las dificultades de cobertura a las que se enfrenta la Administración en estos casos, que con esta modificación se agravan más aún, si cabe.

MODIFICACIONES LABORALES: Al puesto con nº de control 1000329 Oficial de segunda se le consigna un PAR (pendiente de amortizar y reestructurar).

SGTEX ha solicitado la modificación de los puestos de Técnicos de Minas adscritos al Servicio de Planificación Industrial, Energética y Minera, pertenecientes a la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Economía e Infraestructuras en el sentido de implementarles  el complemento singular a adicionar al complemento específico de los puestos de trabajo que conlleven la habilitación específica para el ejercicio de funciones en materia de seguridad y salud en la empresas y centros de trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura, (HPr)*. Dicha inclusión, en orden a la percepción de dicho complemento, se solicita con carácter retroactivo.

Actualmente existe un agravio comparativo en este asunto por cuanto los Técnicos adscritos a la Dirección General competente en materia de Trabajo tienen consignado dicho complemento singular, mientras los dependientes de la D.G. de Trabajo, siendo ambos Autoridad Laboral y con los que comparten tareas y funciones análogas en materia de Salud Laboral y Prevención de Riesgos Laborales, no lo tienen reconocido.

La respuesta de la Administración es que lo están estudiando, SGTEX pregunta si baraja alguna temporalidad aproximada para su resolución, sobre todo porque ya hace bastante tiempo, al menos desde el 2016, que tiene constancia de esta petición; la respuesta en este sentido es negativa, es decir, no  se ofrece ningún tiempo aproximado de posible respuesta.

(*) HPr. Insp. Acc. De trabajo (Habilitado prev. RRLL) 3.756,62€ (Anual + extra.)

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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