Reconocimiento de la Carrera Horizontal para el personal interino de la Junta de Extremadura y su desarrollo en toda la Función Pública

/ enero 21, 2016/ Actualidad, Administración, Oposiciones, concursos, SGTEX Comunicados, SGTEX Opina, Sin categoría

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sgtexFieles a nuestro compromiso con todos los empleados públicos extremeños, SGTEX  insta a sus afiliados ,simpatizantes y empleados publicos interinos a que, en la presente convocatoria para el reconocimiento de los niveles iniciales y I de la carrera horizontal soliciten su reconocimiento rellenenando y enviando el formulario de solicitud que se puede descargar, desde la parte privada del portal del empleados público, en el siguiente enlace: https://portalempleado.gobex.es/empleado/contenido/detalle.jsp?idSeccion=1&idLegislacion=3914&back=novedades de acuerdo a la convocatoria recogida en la Orden de  22 de febrero de 2016 por la que se establece el plazo de presentación de solicitudes para el reconocimiento del Nivel Inicial y Nivel 1 de la carrera profesional horizontal en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con base únicamente al ejercicio profesional.

Desde SGTEX entendemos que dicha solicitud tiene una sólida base legal, según Acuerdo Marco de la Unión de Confederaciones de la Industria de la Unión Europea (UNICE), del Centro Europeo de la Empresa Pública (CEEP) y de la Confederación Europea de Sindicatos CES) sobre trabajo de duración determinada que figura en anexo de la Directiva 1999/70/CE.

En este sentido, según el pronunciamiento del Tribunal de la Unión Europea, efectuado a propósito de la función pública, se recoge textualmente: “…no podrá tratarse a los trabajadores con un contrato de duración determinada de manera menos favorable que a los fijos comparables por el mero hecho de esa diferente duración y que esa cláusula goza de la precisión suficiente para ser invocada por los funcionarios interinos de los Estados miembros ante sus tribunales nacionales en demanda de reconocimiento de complementos retributivos” Por otro lado, existían otros precedentes legales  en España, como la Sentencia del Tribunal Supremo del día 22 de noviembre de 2012, donde desestima apelación de la Junta de Extremadura, “ratificando y reconociendo el complemento (sexenios) a los interinos docentes extremeños”.

Dicho esto, la reciente Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Valencia, del 21 de diciembre de 2015, no hace más que reafirmarnos en nuestros argumentos al respecto. Esta sentencia estima el recurso interpuesto contra el Decreto que regula el sistema de carrera profesional horizontal y la evaluación del desempeño, del personal funcionario de la Generalitat Valenciana, en aquellos artículos que  excluyen a los funcionarios interinos con más de cinco años de antigüedad, de la posible percepción del complemento retributivo de carrera profesional.

La situación actual de las solicitudes de los interinos, es estar a la espera de la respuesta de los varios recursos de reposición interpuestos. Desde este Sindicato, y ante otra sentencia más reconociendo este derecho del personal interino, instamos a la Administración Pública a que reconsidere su postura y reconozca este complemento. Esto nos evitaría un siempre engorroso y caro proceso judicial.

Tal como se recogía en nuestro programa electoral, SGTEX está realizando una apuesta fuerte por el desarrollo de la carrera horizontal de todos los empleados públicos, llevando esta iniciativa ante los grupos parlamentarios de la Asamblea de Extremadura,  y dando a conocer una de las situaciones de desigualdad que aún hoy persisten entre la  Administración General y el resto de sectores administrativos de la Comunidad Autónoma Extremeña.

comunica

Aquí puedes descargarte este comunicado de SGTEX

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