SGTEX Solicita el reconocimiento de oficio de los trienios que cumplen los empleados públicos con contratos temporales

/ noviembre 27, 2015/ Actualidad, Administración, SGTEX Comunicados, SGTEX Opina, Sin categoría

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sgtexBasamos esta exigencia sobre la base de lo dictado por el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en su Sentencia de 20 de enero de 2015

El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en su sentencia, viene a concluir que lo determinante para el reconocimiento de los servicios prestados en contratos temporales anteriores, no lo es el periodo de interrupción, o no al menos en todos los casos, sino “…el alcance de la noción de prestación de servicios ininterrumpida para la empresa y, por otra parte, relacionar esa noción con los muy diversos supuestos de hecho que puedan surgir en la práctica”, haciendo hincapié en la necesidad de que exista una “unidad esencial del vínculo contractual”.

El Tribunal Superior mantiene que no existe razón objetiva alguna que justifique una desigualdad entre los trabajadores fijos y los trabajadores indefinidos, y niega que dicha discriminación responda a una necesidad auténtica, puesto que la aplicación de la cláusula del art. 7.1.b) del V Convenio Colectivo se hace sin distinción a “todos los trabajadores”.

¿Por qué cada vez que un trabajador laboral interino, cumple un trienio en diferentes contratos y en distintos Organismos Públicos, se ve en la obligación de ir a la justicia, gastándose un dinero que no tiene o necesita para otras cuestiones, para que este derecho le sea reconocido y abonado?
¿Por qué ha de estar al albur de lo que en cada proceso judicial el juez interprete, estimando la pretensión en unos casos y desestimándola en otros?

¿Cuál es el destino de ese dinero del trabajador que la Junta de Extremadura le está dejando de abonar y que sin embargo tiene derecho a percibir?

Pedimos, por tanto a la administración autonómica que acate y cumpla la decisión del TSJ y arbitre las medidas oportunas para reconocer, de oficio, la antigüedad de todos aquellos empleados públicos que, cumpliendo los requisitos legales, tengan derecho a él y así lo soliciten.

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Aquí puedes descargarte este comunicado de SGTEX

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