SGTEX solicita la consideración de días especiales para determinadas fechas señaladas de Navidad
En escrito presentado el pasado día 23 de noviembre de 2015, ante la Dirección General de Función Pública, SGTEX expone:
Que los trabajadores que prestan sus servicios en los centros residenciales dependientes del SEPAD donde se trabajan a turnos las 24 horas y demás centros de la Junta de Extremadura donde se tienen turnos de noche, nos hacen llegar a esta organización sindical su disconformidad y malestar por las noches realizadas los días 24 de diciembre (Nochebuena), 25 de diciembre (Navidad), 31 de diciembre (Nochevieja) y 1 de enero (Año Nuevo) se consideren a efectos de retribución y disfrute como los demás festivos del año y no como “días festivos especiales”, tal y como hacen en otros organismos públicos dependientes de esta misma administración.
Que según el V Convenio Colectivo, en su artículo 7o dedicado a las retribuciones, en su punto número 2, apartado C, en tipos de complemento específico especial dice: “L4.- trabajos en domingos y festivos: Retribuye la prestación de la jomada normal de trabajo en domingo y festivo. No obstante lo anterior, no se considerará trabajo en domingos o festivos cuando el inicio de la jomada sea anterior a las 24:00 horas del referido domingo/festivo y al menos dos tercios de la jornada transcurra con posterioridad a las 24:00 horas del día festivo”, dejando el 25 de diciembre y el 1 de enero, festividad de Navidad y Año Nuevo sin retribución económica por noche festiva ya que más de las dos terceras partes de la jornada transcurren con posterioridad a las 24:00 horas.
Por lo que solicita que se sustituya la consideración de festivo especial la noches del 23 al 24 y la del 30 al 31 de diciembre por las del 25 de diciembre y 1 de enero respectivamente. Creemos que es más justo para los trabajadores.
Aquí puedes descargar el escrito presentado