Postura de SGTEX en las últimas mesas de negociación: Rotundamente en contra del límite de 8 años para la formación recibida
REIVINDICACIONES DE SGTEX ANTE LA ADMINISTRACIÓN:
SGTEX se manifestó rotundame en contra del límite de ocho años como tiempo valorable en concepto de formación, alegando los siguientes motivos:
- Cuando trabajamos ponemos en práctica todo lo aprendido anteriormente, sin límite temporal.
- Es un agravio comparativo con otros empleados públicos que no contemplan tal limitación (Docentes y SES).
- El empleado público abona mensualmente el 0,1% de su base de cotización para una formación que puede recibir o no y a la que luego quieren poner “fecha de caducidad”.
- La Escuela de Administración Pública no tiene suficiente capacidad para dar cobertura a toda la demanda de formación de empleados públicos de Extremadura, por ello: Los cursos que, por necesidad perentoria, se ven obligados a realizar los empleados públicos (para acceder a traslados, para conciliar la vida familiar y laboral, etc.) se prestan a convertirse en un “mercadeo” al que se ven forzados los trabajadores y que en nada les favorece.
En conclusión, desde SGTEX y sólo desde SGTEX entendemos y así lo hemos defendido, que debe eliminarse cualquier límite temporal en la valoración de la formación, como pretende la Administración, que pudiese dar a negocio y mercadeo de cursos de formación, a la par que se deben implementar otras vías de motivación para alentar y estimular la formación continua de los empleados públicos.
Las alegaciones para la eliminación de este límite temporal que fue defendida única y exclusivamente por SGTEX obran en el acta de la reunión de la Mesa Sectorial de la Administración General celebrada el 25 de febrero de 2013.