Calendario laboral para 2027 en Extremadura: aprobados los días festivos

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El Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura celebrado el pasado martes, 2 de junio de 2026, ha aprobado el Decreto por el que se fija el calendario de fiestas laborales de la Comunidad Autónoma para el año 2027.

El calendario establece como días festivos retribuidos y no recuperables los siguientes:

  • 1 de enero (Año Nuevo)
  • 6 de enero (Epifanía del Señor)
  • 25 de marzo (Jueves Santo)
  • 26 de marzo (Viernes Santo)
  • 1 de mayo (Fiesta del Trabajo)
  • 8 de septiembre (Día de Extremadura)
  • 11 de octubre (festivo trasladado correspondiente a la Asunción de la Virgen, que en 2027 coincide en domingo (15 de agosto).
  • 12 de octubre (Fiesta Nacional de España)
  • 1 de noviembre (Todos los Santos)
  • 6 de diciembre (Día de la Constitución Española)
  • 8 de diciembre (Inmaculada Concepción)
  • 25 de diciembre (Natividad del Señor).

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