Oposiciones. Nombramientos en varias especialidades de personal funcionario
Hoy, 2 de mayo de 2024, se han publicado en el D.O.E, número 84, las órdenes, todas con fecha de 23 de abril de 2024 por la que se nombran funcionarios/as de carrera a los/as aspirantes que, sin figurar en la relación de aprobados en las listas definitivas, han superado las pruebas selectivas convocadas por Orden de 16 de diciembre de 2021, para el acceso a puestos vacantes de personal funcionario, de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de las siguientes especialidades:
- Cuerpo Administrativo, Especialidad Administración General. RESOLUCIÓN
- Cuerpo Administrativo, Especialidad Agentes del Medio Natural. RESOLUCIÓN
- Cuerpo Auxiliar, Especialidades: Auxiliar de Administración, Auxiliar de Informática y Auxiliar de Laboratorio. RESOLUCIÓN
- Cuerpo Técnico, Especialidad Administración Financiera. RESOLUCIÓN
Para adquirir la condición de funcionario/a de carrera deberán acatar la Constitución española, el Estatuto de Autonomía y el resto del ordenamiento jurídico conforme a lo previsto en la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura, así como tomar posesión de su destino el día siguiente hábil al de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Extremadura.
Lo/as aspirantes nombrados deberán aportar en el momento de la toma de posesión la declaración a que se refiere el artículo 13 del Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, o la opción o solicitud de compatibilidad previstos en el artículo 10 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.
Contra la presente orden que agota la vía administrativa, los/as interesados podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la titular de la Consejería de Hacienda y Administración Pública en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, o bien, interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, conforme lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, así como cualquier otro recurso que estimen procedente.