Estabilización. Concurso de méritos. Modificación bases para la especialidad de Educación Física
En el D.O.E. de hoy, 27 de noviembre de 2023, número 227, se ha publicado la Orden de 23 de noviembre de 2023 de modificación de la Orden de 23 de diciembre de 2022 por la que, en el marco de los procesos de estabilización para la reducción de la temporalidad en el empleo público, se convoca proceso selectivo para el acceso a plazas vacantes de personal laboral del Grupo II de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por el sistema excepcional de concurso de méritos.
Se ha acorado dar nueva redacción al anexo I de la Orden de 23 de diciembre de 2022 por la que, en el marco de los procesos de estabilización para la reducción de la temporalidad en el empleo público, se convoca proceso selectivo para el acceso a plazas vacantes de personal laboral del Grupo II de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por el sistema excepcional de concurso de méritos, debiendo constar en dicho anexo como titulación requerida para el acceso a la especialidad de Educación Física la siguiente:
- Maestro de Educación Física o Grado correspondiente.
- Grado en Ciencias del Deporte y la Actividad Física o equivalente.
Así como acordar la apertura del plazo de 20 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de dicha modificación, para la presentación de solicitudes por los/as aspirantes que cumplan las siguientes condiciones:
1º. Reunir, de conformidad con lo previsto en la base segunda de la Orden de 23 de diciembre de 2022, todos los requisitos de participación a fecha de finalización del plazo de presentación de instancia, esto es, a 1 de marzo de 2023, incluido estar en posesión o en condiciones de obtener alguna de las citadas titulaciones.
2º. No formar parte de las listas provisionales de admitidos y excluidos aprobadas por Resolución de 22 de mayo de 2023, de la Dirección General de Función Pública publicada en el Diario Oficial de Extremadura número 98, de 24 de mayo.
Los aspirantes que formen parte de dichas listas provisionales serán incorporados de oficio por la Dirección General de Función Pública no debiendo presentar una nueva solicitud.
La presentación de las nuevas solicitudes se realizará de conformidad con lo establecido en esta Resolución que puedes obtener en el link siguiente: RESOLUCIÓN