SGTEX exige la revocación de la orden que obliga a los trabajadores de las Escuelas Infantiles a compensar con días de asuntos particulares o vacaciones el cierre por Semana Santa

/ febrero 24, 2023/ Actualidad, SGTEX Comunicados, Sin categoría

Envíaselo a alguien a quien pueda interesarle!!

El Sindicato de Empleados Públicos de Extremadura, SGTEX, ha registrado esta mañana escrito dirigido a la Secretaría General de Educación y al Servicio de Recursos Humanos por la comunicación dirigida a las direcciones de las Escuelas Infantiles, esta mañana, por parte del Servicio de Escuelas Infantiles de la Delegación Provincial de Badajoz, en el que se dice literalmente:

…el tema del cierre de las Escuelas Infantiles durante los días 3, 4 y 5 de abril de 2023 con motivo de la celebración de la Semana Santa, te informo que estos tres días de cierre se harán con cargo a los días de Asuntos Particulares o Vacaciones de todo el personal del centro.

Sería de gran ayuda, para tener en cuenta esos días de permisos en el programa de personal que manejamos en este negociado, que enviaras, cuando se aproxime la fecha del cierre, una relación de todo el personal de tu centro especificando si son de asuntos propios o vacaciones.

Desde SGTEX queremos exponer nuestro frontal rechazo a esta vulneración de los derechos de todos los trabajadores que realizan su labor en las Escuelas Infantiles. No podemos consentir que debido a la dejadez y falta de interés de los responsables se menoscaben derechos que ya están adquiridos, legislados y consolidados en la normativa vigente y que se vuelva al ordeno y mando tan propio de otras rancias épocas ya lejanas.

Primero: El V Convenio Colectivo para el Personal Laboral de la Junta de Extremadura define los asuntos particulares en los siguientes términos:

Artículo 22.- Permisos y licencias.

i) Durante el año podrá disfrutarse de 6 días de permiso por asuntos particulares. Excepcionalmente, se supeditará dicho disfrute a las necesidades del servicio. Estos días no podrán acumularse a las vacaciones anuales.”

Segundo: El V Convenio Colectivo para el Personal Laboral de la Junta de Extremadura define las vacaciones en los siguientes términos:

Artículo 21.- Vacaciones.

“…Con objeto de que cada Consejería pueda llevar a cabo la adecuada organización los servicios en armonía con el derecho al disfrute de las vacaciones anuales, los trabajadores formularán su petición anual de vacaciones a la Secretaría General respectiva, u órgano competente en materia de personal, antes del día 30 de abril, salvo que en aquélla se incluyeran períodos vacacionales anteriores al día 16 de junio o posteriores al día 15 de septiembre, en cuyo caso la petición se realizará con una antelación mínima de veinte días hábiles respecto de la fecha prevista para su inicio.”

Y continúa el mismo artículo con lo siguiente:

“Particularmente, cuando se prevea el cierre temporal de los centros de trabajo como consecuencia de la inactividad estacional de determinados servicios públicos, los periodos de disfrute de las vacaciones se harán coincidir en la franja temporal de cierre.”

Además de lo estipulado en el V Convenio Colectivo, la Resolución de 14 de junio de 2022, de la Secretaría General de Educación, por la que se aprueba el calendario escolar para el curso 2022/2023 publicada en el D.O.E. núm. 116 del viernes, 17 de junio de 2022 dice que: “Segundo. Calendario Escolar para el curso 2022/2023. Primer ciclo de Educación Infantil. 5…Asimismo, serán considerados no lectivos los días 27, 28, 29 y 30 de diciembre de 2022 y 3, 4 y 5 de abril de 2023, sin perjuicio de lo establecido en la Orden de 30 de noviembre de 2021 por la que se implanta el programa experimental Aulas 1-2 para la escolarización anticipada en centros públicos de Educación Infantil y Primaria del alumnado del primer ciclo de Educación Infantil.

A la vista de la legislación vigente y ante el desconcierto, el revuelo y la indignación de los trabajadores de las Escuelas Infantiles hemos registrado escrito solicitanto que se revoque el mandato que obliga de manera absolutamente ilegal y fuera de todo el ordenamiento laboral vigente a compensar con días de Asuntos Particulares o Vacaciones por parte de los trabajadores el cierre anunciado y aprobado por la autoridad educativa durante los días durante los días 3, 4 y 5 de abril de 2023 con motivo de la celebración de la Semana Santa.

 

 

 

 

 

 

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