Carrera Profesional Horizontal. Aprobado el Plan Anual de Valoración para 2022

/ enero 20, 2022/ Actualidad, Administración, SGTEX Comunicados, SGTEX Opina, Sin categoría

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Hoy, 20 de enero de 2022, se ha publicado en el D.O.E., número 13, la Resolución de 14 de enero de 2022, de la Dirección General de Función Pública, por la que se aprueba el Plan Anual de Valoración a efectos del reconocimiento de los distintos niveles de carrera profesional horizontal para el año 2022, siendo de aplicación al personal funcionario de carrera, funcionario interino y al personal laboral fijo, por tiempo indefinido o temporal, incluido dentro del ámbito de aplicación del Convenio Colectivo que resulte de aplicación, al servicio de la Administración General de la Junta de Extremadura, sus Organismos Públicos y demás Entidades de Derecho Público con personalidad jurídica propia vinculada o dependiente de la misma.

Igualmente será de aplicación al personal funcionario de carrera y personal laboral fijo de otras Administraciones Públicas, que en virtud de los procesos de transferencias o por lo procedimientos de provisión de puestos de trabajo obtengan destino definitivo en esta Administración.

En caso de que el siguiente Plan de Valoración no se aprobara antes del inicio del año correspondiente, este plan se considerará automáticamente prorrogado hasta la aprobación del nuevo.

REQUISITOS

Los requisitos y méritos objeto de valoración, la forma de acreditarlos, su puntuación y la puntuación mínima necesaria para superar el proceso de valoración en el acceso a cada nivel de carrera profesional horizontal, serán los contenidos en la presente resolución. Para alcanzar la puntuación mínima necesaria para superar el proceso de valoración no será necesario obtener puntos en los tres bloques de baremación, pudiendo alcanzarse dicha puntuación con la obtenida en cualquiera de los méritos recogidos en el apartado cuarto de esta resolución.

Para el reconocimiento de los niveles de carrera profesional horizontal solamente se podrán alegar y valorar los méritos generados durante el periodo de permanencia necesario para el acceso al siguiente nivel al que se pretende acceder. No obstante, para la primera solicitud de reconocimiento de nivel presentada desde la publicación del presente Plan de Valoración, se podrán alegar y valorar todos los méritos generados por el solicitante hasta esa fecha.

SOLICITUD

El reconocimiento de los sucesivos niveles de carrera profesional horizontal requerirá solicitud previa de la persona interesada, presentada en cualquier momento posterior al cumplimiento de los requisitos.

La solicitud deberá cumplimentarse y generarse de forma electrónica a través de la zona privada del Portal de Empleado Público (http://portalempleado.gobex.es). No se admitirá ninguna solicitud que no haya sido cumplimentada y generada a través de la ruta especificada en este apartado.

En caso de que el/la solicitante alegue méritos que no puedan ser comprobados de oficio por esta Administración, deberá imprimir su solicitud y presentarla, junto con el resto de la documentación acreditativa de los mismos.

El reconocimiento de nivel se realizará en el Cuerpo, Escala o Categoría Profesional en el que se encuentre la persona solicitante en el momento de presentar la solicitud.

El plazo para resolver y notificar la solicitud será de máximo seis meses, entendiéndose desestimada si en dicho plazo no recayera resolución expresa. La notificación de la resolución se practicará por medios electrónicos en la zona privada del Portal del Empleado Público.

Los efectos administrativos del reconocimiento de nivel se retrotraerán a la fecha de presentación de la solicitud, surtiendo efectos económicos a partir del mes siguiente al de la solicitud, excepto lo establecido en la disposición transitoria tercera del Decreto 127/2021, de 17 de noviembre.

VALORACIÓN

La puntuación mínima requerida para superar el proceso de valoración para acceder a cada uno de los niveles de carrera profesional horizontal, dentro de cada Cuerpo, Escala o Categoría Profesional es la siguiente:

FUENTES DE PUNTUACIÓN

FORMACIÓN (contInua, reglada e idiomas)


F. continua: 1 hora = 1 punto. 1 crédito= 10 puntos.

F. reglada e idiomas:

TRANSFERENCIA, INNOVACIÓN Y DIFUSIÓN DE CONOCIMIENTOS (Transferencia del conocimiento, Innovación de conocimientos y Difusión del conocimiento)


Tranferencia del conocimiento:

Innovación de conocimientos:

 

Difusión de conocimiento:

PUESTOS DE TRABAJO DE ESPECIAL DESEMPEÑO


  • Personal laboral con complementos específicos especiales recogidos en el Convenio Colectivo de aplicación.
  • Personal funcionario con complementos específicos adicionales identificados en la relación de puestos de trabajo como: J.P.- Jornada Partida, D.F.- Complemento de domingos y festivos, T. – Turnos rotativos de mañana y tarde y T.N.- Turnos rotativos de mañana, tarde y noche, MN1.- Agente del medio natural, MN2.- Agente del medio natural.
  • Puestos ocupados por trabajadores con contrato a tiempo parcial.
  • Puestos ocupados por trabajadores con contrato por tiempo indefinido fijo-discontinuo.
  • Puestos con unas condiciones de ubicación geográfica singulares.
  • Así mismo se valorará como mérito el desempeño de cargos contemplados en el artículo 135.5 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura.

La acreditación de este mérito se comprobará de oficio por el órgano gestor, sin que sea necesario que el/la solicitante presente documentación alguna. Se otorgará 1,25 puntos por mes completo trabajado.

 

 

 

 

 

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