Carrera Profesional del Personal Laboral. Modificación del V Convenio Colectivo
Hoy, 2 de diciembre de 2021, El Sindicato de Empleados Públicos de Extremadura, SGTEX, convocado por la Dirección General de Función Pública, ha asistido junto al resto de centrales sindicales, a la reunión de la Comisión Negociadora para el Personal Laboral en la que se ha tratado como punto del Orden del Día la propuesta de modificación de los artículos 7.2 e) y 43 del V Convenio Colectivo para el Personal Laboral al Servicio de la Junta de Extremadura, ambos, referentes a la Carrera Profesional Horizontal.
Art. 7, Retribuciones, integración del complemento de Carrera Profesional que retribuirá la progresión alcanzada dentro del sistema de carrera horizontal.
Art. 43. Carrera profesional horizontal del personal laboral, modificación de este artículo, incluyéndose la equiparación con el personal funcionario tal y como se establece en el Decreto 127/2021, de 17 de noviembre, por el que se regula la carrera profesional horizontal y la evaluación del desempeño de los empleados públicos que prestan sus servicios en la Administración General de la Junta de Extremadura.
SGTEX, una vez más, ha vuelto a insistir en su eterna reclamación de la eliminación del límite de 8 años de validez de los cursos de formación para los concursos de traslado del personal laboral.
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