Publicadas dos modificaciones del V Convenio Colectivo para el Personal Laboral de la Junta de Extremadura

/ junio 20, 2018/ Sin categoría

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En el D.O.E de hoy, 20 de junio de 2018, número 119, se han publicado dos modificaciones del Convenio Colectivo para el personal laboral al servicio de la Junta de Extremadura.

Resolución de 15 de junio de 2018, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del Acuerdo sobre la modificación del artículo 10 del Convenio Colectivo para el personal laboral al servicio de la Junta de Extremadura.

Sometido a negociación en el seno de la Comisión Negociadora de personal laboral al servicio de la Junta de Extremadura, en sesión de 7 de mayo de 2018, el Apartado Segundo del Punto Tercero del Orden del Día, denominado “Propuestas de modificación V Convenio: artículo 10: dietas y gastos de desplazamientos”; las partes han procedido a la adopción del siguiente Acuerdo:

Nueva redacción del artículo 10, “Dietas y Gastos de Desplazamiento”, del V Convenio Colectivo para el personal laboral al servicio de la Junta de Extremadura: “Las indemnizaciones del personal laboral, derivadas de comisiones de servicios ordenadas por la Administración autonómica, serán las establecidas en el Decreto 287/2007, de 3 de agosto, sobre indemnizaciones por razón del servicio, o en la normativa que la sustituya”.

Aquí puedes descargar este documento

Y la Resolución de 15 de junio de 2018, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del Acuerdo sobre la modificación de las disposiciones transitorias, para incluir una sexta, del Convenio Colectivo para el personal laboral al servicio de la Junta de Extremadura.

Sometido a negociación en el seno de la Comisión Negociadora de personal laboral al servicio de la Junta de Extremadura, en sesión de 4 de junio de 2018, el Punto Tercero del Orden del Día, denominado “Modificación del V Convenio Colectivo: disposición transitoria sexta”; las partes han procedido a la adopción del siguiente acuerdo por mayoría de las dos representaciones:

Modificación de las “disposiciones transitorias” para incluir:Sexta. Los Acuerdos para la Mejora del Empleo Público y de condiciones de trabajo suscritos entre el Gobierno de España y las Organizaciones Sindicales firmantes del mismo en marzo de 2017 y 2018, prevén la realización de procesos de estabilización de empleo público que incluirían plazas ocupadas por personal cuya relación haya devenido indefinida no fija u ocupadas ininterrumpidamente de forma temporal desde distintas fechas.

Para dar cumplimiento a estos Acuerdos, los puestos de trabajo ocupados por personal laboral temporal cuya relación haya devenido indefinida no fija en la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, no se ofertarán al turno de traslado y ascenso que corresponda. La mencionada exclusión se mantendrá hasta que se creen en las relaciones de puestos de trabajo vigentes correspondientes todos lo puestos necesarios para adscribir al personal indefinido no fijo, creación que habrá de estar concluida el 31 de octubre de 2018.

Los mencionados puestos serán convocados a turno libre de puestos vacantes de personal laboral, debiendo  resolverse con carácter previo un turno de traslado restringido circunscrito a los citados puestos”.

Este acuerdo tendrá efectos desde la fecha de su firma.

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