Convocatoria para la acreditación y habilitación lingüísticas en lengua extranjera para el desempeño de puestos bilingües en centros docentes públicos no universitarios de nuestra Comunidad Autónoma
En el D.O.E. de hoy, 29 de mayo de 2018, número 103, se ha publicado la Orden de 10 de mayo de 2018 por la que se convoca el procedimiento para la obtención de la acreditación y habilitación lingüística en lengua extranjera para el desempeño de puestos bilingües en centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
La presente orden tiene por objeto convocar el procedimiento para la obtención de la acreditación y habilitación lingüística en lengua inglesa, francesa, portuguesa, italiana o alemana para el desempeño de la docencia bilingüe en centros docentes públicos no universitarios del ámbito de gestión de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Podrán participar en el procedimiento de acreditación y habilitación lingüística para desempeñar puestos catalogados como bilingües:
a) Personal docente que se encuentre en situación de servicio activo en la Comunidad Autónoma de Extremadura de los cuerpos docentes descritos en la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
b) Integrantes de las listas vigentes de aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad, en el ámbito de competencias de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de los cuerpos docentes a los que alude el apartado anterior.
Las solicitudes para participar en el presente procedimiento deberán cumplimentarse obligatoriamente mediante el modelo que estará disponible en la Secretaría Virtual de la plataforma educativa Rayuela en la dirección web https://rayuela.educarex.es/, conforme a las instrucciones facilitadas. Para ello, el usuario deberá autentificarse en la Plataforma mediante la clave de acceso a Rayuela.
Los solicitantes que ya posean clave de acceso a dicha plataforma deben utilizarla para hacer uso de la Secretaría Virtual. Aquellos que no posean clave podrán obtenerla a través del enlace Secretaría Virtual en la citada dirección web, rellenando el formulario de solicitud de acceso que está disponible al efecto.
Una vez cumplimentada la solicitud electrónica será imprescindible imprimirla, firmarla y presentarla junto con el resto de la documentación conforme al apartado 3 de este artículo. No se tendrán por presentadas las solicitudes que no sean cumplimentadas en la citada dirección de internet, ni las que no tengan entrada en cualquiera de los registros administrativos indicados.
En caso de solicitar la habilitación en más de una lengua extranjera o para más de un Cuerpo docente, deberá hacerse en una única solicitud.
Dichas solicitudes se presentarán en cualquiera de los registros y oficinas a que se refiere el artículo 7.1 del Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En caso de que se optara por presentar la solicitud en una oficina de correos, se hará en sobre abierto para que el impreso de solicitud sea fechado y sellado antes de ser certificado.
El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Extremadura.
Aquí puedes descargar las Bases de esta convocatoria