Calendario de días inhábiles a efectos de cómputo de plazos administrativos en Extremadura durante el año 2018
En el D.O.E. de hoy, 26 de diciembre de 2017, número 245, se ha publicado el Decreto 215/2017, de 20 de diciembre, por el que se fija el calendario de días inhábiles a efectos de cómputo de plazos administrativos durante el año 2018 en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
El calendario de días inhábiles a efectos del cómputo de plazos administrativos, que regirá en la Comunidad Autónoma de Extremadura durante el año 2018, se fija en los siguientes términos:
Serán días inhábiles en todo el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Extremadura, además de los sábados y domingos, las fiestas laborales de esta Comunidad que figuran en el Decreto 143/2017, de 5 de septiembre, por el que se fija el calendario de días festivos de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2018 (D.O.E. n.º 175, de 12 de septiembre) y que a continuación se relacionan:
- 1 de enero, Año Nuevo.
- 6 de enero, Epifanía del Señor.
- 29 de marzo, Jueves Santo.
- 30 de marzo, Viernes Santo.
- 1 de mayo, Fiesta del Trabajo.
- 15 de agosto, Asunción de la Virgen.
- 8 de septiembre, Día de Extremadura.
- 12 de octubre, Fiesta Nacional de España.
- 1 de noviembre, Todos los Santos.
- 6 de diciembre, Día de la Constitución Española.
- 8 de diciembre, Inmaculada Concepción.
- 25 de diciembre, Natividad del Señor.
Además, serán inhábiles en cada entidad local de la Comunidad Autónoma de Extremadura los días de descanso laboral de sus respectivas fiestas locales que, determinados conforme a lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto 143/2017, de 5 de septiembre, figuran en las relaciones publicadas por Resolución de 13 de noviembre de 2017, de la Dirección General de Trabajo (D.O.E. n.º 224, de 22 de noviembre), o modificaciones que se produzcan.
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