Nuevos horarios y vacaciones para el personal laboral
Se publican en el D.O.E de 30 de Abril de 2013 sendas resoluciones de la Dirección General de Función Pública, Recursos Humanos e inspección que suponen modificación de los artículos 19 y 21 del V Convenio Colectivo para Personal Laboral Gobierno de Extremadura en los siguientes términos:
“La duración de la jornada ordinaria de trabajo será de 37 horas y media semanales o de 1650 horas al año cuando la distribución de la jornada sea distinta a la ordinaria, descontados en el último supuesto los días de vacaciones, asuntos particulares y festivos, considerándose como tales los días 24 y 31 de diciembre.
La ponderación por noche trabajada será de 54 Minutos por cada una que se realice efectivamente, esto quiere decir que la ponderación se realiza por noche en computo anual según las noches que se realicen en un año con la ponderación incluida deberá retraerse el total de las 1.650 horas y el resultado no da las horas diurnas que debemos realizar, para ello existen las tablas que deben aplicarse a disposición de todos los trabajadores.
“Con carácter general, el horario de trabajo del personal que preste sus servicios en turnos rotatorios queda establecido en los siguientes términos:
Turno de mañana: de 07.30 a 15.00 horas.
Turno de tarde: de 15.00 a 22.30 horas.
Turno de noche: de 22.30 a 07.30 horas.
La fracción de media hora comprendida entre las 22.00 y las 22.30 horas, no se considerará
La entrada en vigor de la modificación será desde el 1 de Mayo de 2013
Seguidamente se inserta el texto de ambas resoluciones en PDF para descargar.
Resolución Vacaciones Personal Laboral 2013
Resolución Nuevos Horarios Personal Laboral