Personal laboral de la Junta de Extremadura. Actualizados los importes de las indemnizaciones por jubilación, fallecimiento o incapacidad permanente absoluta
En el D.O.E. de hoy, 12 de agosto de 2025, número 155 se ha publicado Anuncio de 6 de agosto de 2025 por el que se da publicidad a la actualización de los importes de las indemnizaciones para el personal laboral al servicio de la Junta de Extremadura.
En el que se expone que Dirección General de Función Pública da publicidad a la actualización de los importes de las indemnizaciones por jubilación anticipada, fallecimiento e incapacidad permanente absoluta contenidas en los artículos 28 y 29 del V Convenio Colectivo del personal laboral de la Junta de Extremadura, que permanecerán expuestos en el Portal del Empleado Público, en la siguiente dirección de
Internet http://portalempleado.gobex.es.
Aquí puedes obtener este Anuncio
Accede desde aquí al Anuncio y a la Resolución publicada en el Portal del Empleado Público.
En dicha Resolución se acuerda actualizar los importes de las indemnizaciones de los artículos 28 y 29 del Convenio Colectivo para el personal laboral al servicio de la Junta de Extremadura, con efectos de 1 de enero de 2024 (entendemos que quieren decir 2025), en las cuantías que se indican en el anexo de la presente Resolución.
CUANTÍAS
FORMULARIOS – JUBILACIÓN PERSONAL LABORAL
- Jubilación ordinaria (forzosa) personal laboral (Modelo N.º 7)
- Prolongación servicio activo personal laboral (Modelo N.º 8)
- Jubilación ordinaria personal laboral tras prolongación servicio activo (Modelo N.º 9)
- Jubilación anticipada incentivada a partir 63 años personal laboral fijo (Modelo N.º 10)
- Jubilación anticipada a partir 63 años personal laboral (Modelo N.º 11)
- Solicitud de jubilación especial voluntaria incentivada personal laboral fijo al cumplimiento de los 64 años de edad (Modelo nº 12)