Personal docente no universitario. Procedimiento para la acreditación y habilitación lingüística en lengua extranjera
En el D.O.E. de hoy, 26 de febrero de 2026, número 39, se ha publicado la Orden de 19 de febrero de 2026 por la que se convoca el procedimiento para la obtención de la acreditación y habilitación lingüística en lengua extranjera para el desempeño de puestos bilingües en centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Personas destinatarias.
Podrán participar en el procedimiento de acreditación y habilitación lingüística para desempeñar puestos catalogados como bilingües:
a) Personal docente que se encuentre en situación de servicio activo en la Comunidad Autónoma de Extremadura de los cuerpos docentes descritos en la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
b) Integrantes de las listas vigentes de aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad, en el ámbito de competencias de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de los cuerpos docentes a los que alude el apartado anterior.
El personal docente de los cuerpos de Maestros de las especialidades de idiomas modernos podrá acreditarse y habilitarse siempre y cuando posea los requisitos mencionados en el artículo 3 de esta orden.
El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Extremadura.
Aquí puedes obtener las bases de esta convocatoria

