Junta de Extremadura. Convocatoria para teletrabajo

/ enero 11, 2022/ Actualidad, Administración, Oposiciones, concursos, Sin categoría

Envíaselo a alguien a quien pueda interesarle!!

En el D.O.E. de hoy, 11 de enero de 2022, número 6, se ha publicado la Resolución de 3 de enero de 2022, de la Dirección General de Función Pública, por la que se convoca el proceso para la autorización del desempeño de puestos de trabajo en la modalidad de prestación del servicio no presencial, mediante la fórmula del teletrabajo, en la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.


AUTORIZACIONES

SOLICITUDES

Los empleados públicos que deseen participar en este proceso de autorización para prestar sus servicios en régimen de teletrabajo deberán hacerlo constar en el formulario de solicitud al que se accederá a través del Portal del Empleado Público, radicado en la siguiente dirección de Internet: http://portalempleado.gobex.es/empleado/inicio.jsp.

Una vez cumplimentada vía Internet, la solicitud deberá ser impresa y se presentará tal y como se establece en las bases, en el plazo de 10 días contados a partir del 12 de enero de 2022. La simple tramitación de la solicitud vía internet, no exime de su presentación en un registro oficial, ni de hacerlo en el plazo anteriormente indicado. Las solicitudes se dirigirán a la Secretaría General de la Consejería o al órgano competente equivalente del organismo o ente público en el que se encuentre adscrito el puesto de trabajo que ocupa la persona interesada.

La solicitud quedará referida exclusivamente al puesto de trabajo que se hallare ocupando la persona empleada pública en el momento de la solicitud.

Las empleadas públicas que se encuentren en período de gestación y residan en localidad distinta a donde se halle su puesto de trabajo, deberán indicarlo en la solicitud, adjuntando, en su caso, si no constara, la documentación que acredite la citada circunstancia y la documentación que demuestre su residencia actual. En este supuesto las empleadas públicas podrán presentar su solicitud en cualquier momento, sin estar sujetas al plazo establecido anteriormente. Se dará por terminada la prestación del servicio de modo no presencial cuando finalice el periodo de gestación.

Las personas empleadas públicas para las que fuera necesaria o adecuada la prestación de servicios a través de teletrabajo, en base a motivos de salud acreditados a través de informe médico, que residan en localidad distinta a aquella donde se encuentra su centro de trabajo y cumplan con los demás requisitos establecidos, podrán presentar su solicitud en cualquier momento y obtener autorización por un periodo de un año de duración, previo informe del Servicio de prevención del ámbito preventivo correspondiente.

En este supuesto las personas empleadas públicas podrán presentar su solicitud en cualquier momento, sin estar sujetas al plazo establecido. Se dará por terminada la prestación del servicio de modo no presencial cuando desaparezcan los motivos de salud que propiciaron el mismo.

Las empleadas públicas que concurran bajo la condición de víctimas de violencia de género deberán indicarlo en la instancia. Esta circunstancia se acreditará mediante alguno de los siguientes documentos que deberán adjuntarse en un sobre cerrado aparte, con el fin de proteger su intimidad:

  • El informe del Instituto de la Mujer de Extremadura, en función de la información recibida de los diferentes dispositivos que constituyen la Red de Atención a las Víctimas de la Violencia de Género.
  • La sentencia de cualquier orden jurisdiccional, aunque no haya ganado firmeza, que declare que la mujer ha sufrido alguna de las formas de esta violencia.
  • La orden de protección vigente.

En este supuesto las empleadas públicas podrán presentar su solicitud en cualquier momento, sin estar sujetas al plazo establecido.

La presentación de solicitudes podrá hacerse en cualquiera de las oficinas de registro de documentos integrados en el Sistema de Registro Único de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y de sus organismos  públicos vinculados o dependientes establecido en el Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, o por cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de Correos deberán ir en sobre
abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de Correos antes de ser certificadas.

BASES DE LA CONVOCATORIA

Aquí puedes descargar este documento

 

 

 

 

 

 

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