SGTEX solicita la NO discriminación por razón de sexo, dentro de la especialidad de Agentes del Medio Natural

/ agosto 31, 2020/ Actualidad, Administración, SGTEX Comunicados, SGTEX Opina, Sin categoría

Envíaselo a alguien a quien pueda interesarle!!

SGTEX ha tenido conocimiento de que una funcionaria de la categoría AMN, que se encuentra embarazada actualmente, no ha percibido el abono por el complemento de guardias de incendios”.

Esta Central Sindical considera que durante los periodos de embarazo y lactancia, estas circunstancias personales no pueden menoscabar sus percepciones económicas, por lo que hemos solicitado  que la trabajadora sea indemnizada para no ver vulnerado su derecho a la igualdad y el principio de no discriminación.

Debemos recordar lo recogido en  Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres donde se recoge que “Constituye discriminación directa por razón de sexo todo trato desfavorable a las mujeres relacionado con el embarazo o la maternidad”. Así mismo, debemos recordar que “los tratos desfavorables en el trabajo basados en el embarazo, al afectar exclusivamente a la mujer, constituyen una discriminación por razón de sexo proscrita por el art 14 CE”.

Abundando en este razonamiento existen numerosas sentencias del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional; que vienen remarcando que “el embarazo, en tanto que hecho biológico incontrovertible, incide de forma exclusiva sobre las mujeres”, por lo que “la minusvaloración o el perjuicio causado por el embarazo constituye un supuesto de discriminación por razón de sexo”.

Por lo expuesto, SGTEX ha presentado reclamación ante la Secretaria General de la Consejería competente, y vamos a poner el hecho en conocimiento del Instituto de la Mujer de Extremadura, dado que según sus estatutos, tiene “como objetivo último la eliminación de cualquier forma de discriminación de las mujeres extremeñas y la remoción de obstáculos que impidan su plenitud de hecho y de derecho”.

Recordemos, además que SGTEX, recurrió en reposición las bases de la oposición de esta especialidad, porque no incluía en su temario la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre Mujeres y Hombres y contra la Violencia de Género en Extremadura,  recurso que fue ESTIMADO en este apartado.

Seguimos detectando graves disfunciones en el funcionamiento de los AMN, que como en este caso entendemos son claramente discriminatorias hacia nuestras compañeras Agentes.

SGTEX tiene claro que esta situación no puede seguir durante más tiempo por lo que volvemos a pedir la urgente convocatoria de la Mesa Técnica de Agentes, comprometida por la Junta en mayo de 2019, para tratar de resolver de una vez todas estas situaciones anacrónicas e injustas.

 

 

 

 

 

 

 

 

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