Calendario Laboral. Modificación de días festivos locales en nuestra comunidad autónoma

/ agosto 21, 2020/ Actualidad, Administración, Administración Local, Ayuntamientos, Sin categoría

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En el D.O.E. de hoy, 21 de agosto de 2020, número 163, se ha publicado la Resoluciónde 18 de agosto de 2020, de la Dirección General de Trabajo, por la que se modifica el anexo de la Resolución de 28 de octubre de 2019, en la que se determinan las fiestas locales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2020..

La situación actual provocada por el COVID-19 y la declaración del Estado de Alarma por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo (vigente desde el 14 de marzo al 21 de junio) que ha limitado la circulación y los desplazamientos de los ciudadanos por las vías públicas (artículo 7) y ha prohibido la celebración de verbenas y fiestas populares (artículo 10.5), así como el acuerdo quinto del Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura de 19 de junio de 2020, por el que se establecen las medidas básicas de prevención en materia de salud pública aplicables en Extremadura tras la superación de la Fase III del Plan para la transición hacia una nueva normalidad (publicado en el DOE extraordinario n.º 5 de 21 de junio) que establece que “no se podrán celebrar fiestas, verbenas, desfiles profesionales y otros eventos populares hasta el 31 de julio”, hacen imposible que se puedan organizar los actos de celebración de las festividades inicialmente fijadas por muchos municipios, por lo que es preciso modificar el anexo de la citada Resolución y proceder a su publicación, para general conocimiento.

RESOLUCIÓN

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