INSPECCIÓN DE TRABAJO da la razón a SGTEX en su denuncia sobre las instrucciones en materia de cómputo de trabajo efectivo y disponibilidad en incendios del personal del INFOEX

/ febrero 14, 2020/ Actualidad, Administración, SGTEX Comunicados, SGTEX Opina, Sin categoría

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El Sindicato de Empleados Públicos Extremeños SGTEX presentó en mayo de 2019 reclamación ante la Inspección de Trabajo sobre las condiciones de la prestación del servicio de extinción de incendios en aspectos como el cómputo del tiempo trabajado y el tiempo de descanso entre incendios.  Con fecha de registro de salida de 29 de enero de 2020, la Inspección de Trabajo nos remite contestación a la denuncia presentada, DANDO LA RAZÓN a esta organización sindical.

La contestación aborda todas las cuestiones planteadas por SGTEX:

En primer lugar, el descanso entre jornadas, aun estando en disponibilidad por guardia de incendio, debe ser ininterrumpido de 12 horas. Es decir, que cuando se está doce horas trabajando se tiene derecho a 12 horas ininterrumpidas de descanso. Esto deja sin efecto la norma de descanso de 8 horas y 4 más disponible. Son doce horas completas sin disponibilidad.

En segundo lugar, la Inspección de Trabajo nos da la razón, estableciendo que debe revisarse el cómputo del tiempo de trabajo efectivo, sumando todas las horas de trabajo ordinario (en cochera) a las de permanencia en un incendio, a efecto del cómputo de las doce horas máximas de trabajo diario. Entiende la Inspección, que, a todas luces, más de doce horas de trabajo, (pudiendo llegar a 22 en un día) en una jornada de 24 es excesivo y va contra la regulación de prevención de riesgos laborales, al poner en peligro a los trabajadores.

Inspección de Trabajo ha efectuado requerimiento a la Administración para que modifique la normativa en lo que respecta a los puntos anteriores, lo cual podría afectar de forma importante a la organización del Servicio.

SGTEX ha pedido una reunión urgente a la Administración para tratar este tema, y otros pendientes, como la revisión de la valoración de las horas de disponibilidad, tras la reciente jurisprudencia que asimila estas a horas de trabajo. Seguiremos informando.

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