Oposiciones. Convocadas pruebas selectivas para lista de espera en la Categoría Jefe de Sala

/ enero 8, 2020/ Actualidad, Administración, Empleo, Oposiciones, concursos, SGTEX Comunicados, SGTEX Opina, Sin categoría

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En el D.O.E. de hoy, 8 de enero de 2020, número 4, se ha publicado la Orden de 18 de diciembre de 2019 por la que se convocan pruebas selectivas para la constitución de listas de espera en el Grupo I, Categoría Jefe de Sala, de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Se convocan estas pruebas selectivas para la constitución de lista de espera con el objeto de atender las necesidades de personal no permanente mediante la provisión temporal de puestos vacantes de personal laboral en el Grupo I, Categoría Jefe de Sala.

SOLICITUDES

Quienes deseen participar en esta prueba selectiva deberán hacerlo constar en el formulario de solicitud al que se accederá exclusivamente a través de la página web http://ips.juntaex.es.

Una vez cumplimentada vía internet, la solicitud deberá ser impresa y tras procederse al abono de la tasa correspondiente en la entidad bancaria colaboradora, se presentará tal y como se establece en el apartado 7 de la presente base, en el plazo de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura, hasta el día 22 de enero de 2020.

La solicitud se dirigirá a la Dirección General de Función Pública, de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, Avda. Valhondo s/n, Edificio III Milenio de Mérida.

Los/as interesados/as deberán presentar su solicitud registrada en soporte papel, no siendo posible su presentación por medios telemáticos. La simple tramitación de la solicitud vía internet no exime de su presentación en un registro oficial, ni de hacerlo en el plazo indicado en el apartado 2 de la presente base. Tampoco exime al aspirante del requisito de proceder a su firma ni de abonar la correspondiente tasa por derechos de examen.

Las Oficinas de Respuesta Personalizada y los Centros de Atención Administrativa de la Junta de Extremadura, en caso que fuera posible, facilitarán a los/as aspirantes el acceso a medios telemáticos para cumplimentar las solicitudes.

Los/as aspirantes con discapacidad podrán solicitar, en la instancia, las adaptaciones en tiempo y medios necesarios para la realización de los ejercicios para ello deberán formular en el modelo de solicitud la petición concreta de adaptación en la que se reflejen las necesidades específicas para acceder al proceso selectivo en condiciones de igualdad.

Para cada zona en que se divide el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma se creará una lista de espera. Por consiguiente, en el modelo de solicitud los/as aspirantes podrán indicar la zona o zonas en las que deseen figurar, según lo previsto en el artículo 29.2 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, aprobado por Decreto 201/1995, de 26 de diciembre.

De no formularse solicitud en este sentido, el/la aspirante se incluirá en las listas de espera de todas las zonas, si bien la renuncia al puesto que se ofrezca dará lugar a la exclusión de todas las listas de la misma Categoría y Especialidad.

Una vez publicada la lista de espera se podrán atender las solicitudes de modificación de zonas, siempre que la misma consista en reducción del número de zonas inicialmente cumplimentadas en la instancia.

El domicilio que figure en la solicitud se considerará el único válido a efectos de notificaciones, siendo responsabilidad exclusiva del aspirante tanto los errores en su consignación como la falta de comunicación al órgano convocante de cualquier cambio del mismo o de los datos de contacto consignados en la misma.

La presentación de instancias podrá hacerse en cualquiera de las oficinas de registro de documentos integrados en el Sistema de Registro Único de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y de sus organismos públicos vinculados o dependientes o por cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario/a de Correos antes de ser certificadas.

La tasa por derechos de examen se fija en la cantidad 18,70 euros por solicitud, y su ingreso se efectuará a través de cualquiera de las entidades bancarias colaboradoras que se indican en la solicitud de participación. En el solicitud deberá figurar el sello correspondiente de la entidad bancaria colaboradora en el recuadro correspondiente a “Prestaciones Patrimoniales: Derechos de examen”, acreditativo del pago de los derechos de examen.

Estableciéndose en las bases de la convocatoria una serie circunstancias que dan lugar a bonificaciones o exenciones de la misma.

EXAMEN

El procedimiento de selección consistirá en la realización de una prueba selectiva, que tendrán por objeto conocer la capacidad, aptitud e idoneidad de los aspirantes para el desarrollo de las funciones propias de los puestos adscritos a la Categoría a la que se aspira.

Dicha prueba consistirá en contestar en el tiempo máximo que señale el Tribunal de Selección que no podrá exceder de 110 minutos, un cuestionario formado por 100 preguntas con 4 respuestas alternativas, de las cuales sólo una de ellas será la correcta, basado en el contenido del programa de materias que figura en el anexo III.

El cuestionario que se proponga a los/as aspirantes contendrá, además, otras 10 preguntas adicionales tipo test, las cuales sustituirán por su orden correlativamente a aquellas preguntas que, en su caso, sean objeto de anulación con posterioridad al inicio de la prueba selectiva.

A este respecto los/as interesados/as podrán presentar las reclamaciones que estimen procedentes con objeto de impugnar las preguntas formuladas por el Tribunal de Selección, dentro de los 5 días hábiles siguientes a la celebración del ejercicio.

Dichas reclamaciones o alegaciones se entenderán resueltas con la decisión que se derive de la publicación definitiva de la plantilla correctora. Para la valoración de este ejercicio se aplicará el siguiente criterios de corrección: cada cuatro respuestas contestadas erróneamente, restarán una pregunta contestada correctamente.

La puntuación mínima para superar este ejercicio se obtendrá, una vez aplicado el criterio anteriormente citado, cuando el/la aspirante haya contestado correctamente el 50 por ciento de las preguntas de las que componen el cuestionario.

Esta prueba será calificada de 0 a 10 puntos, siendo necesario para superarla obtener un mínimo de 5 puntos.

En todo caso, deberá exigirse por el Tribunal, la normativa vigente al día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Sin perjuicio de la obligación de hacer público el lugar, fecha y hora para la celebración del ejercicio, según dispone la base cuarta se prevé que el inicio del proceso tenga lugar a partir del primer trimestre del 2020.

Aquí puedes descargar las bases de esta convocatoria

 

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