Creación de la categoría Terapeuta Ocupacional. Corrección de errores
En el D.O.E. de hoy, 16 de diciembre de 2019, número 240, se ha publicado una corrección de errores de la Orden de 12 de noviembre de 2019 por la que se crea la categoría estatutaria de Terapeuta Ocupacional en el ámbito de las Instituciones Sanitarias del Servicio Extremeño de Salud.
Advertido error en la Orden de 12 de noviembre de 2019 por la que se crea la categoría estatutaria de Terapeuta Ocupacional en el ámbito de las instituciones sanitarias del Servicio Extremeño de Salud, publicada en el D.O.E. n.º 227, de 25 de noviembre de 2019, se procede a su oportuna rectificación:
En el artículo 4. Formas de acceso, donde dice:
“El acceso a la categoría estatutaria de Terapeuta Ocupacional, así como la provisión de las plazas o puestos pertenecientes a dicha categoría, se efectuará de conformidad con la normativa que regula el acceso y la provisión para el personal estatutario en el Servicio Extremeño de Salud, y siendo en todo caso requisito imprescindible estar en posesión de la titulación de Grado en Terapia Ocupacional”.
Debe decir:
“El acceso a la categoría estatutaria de Terapeuta Ocupacional, así como la provisión de las plazas o puestos pertenecientes a dicha categoría, se efectuará de conformidad con la normativa que regula el acceso y la provisión para el personal estatutario en el Servicio Extremeño de Salud, y siendo en todo caso requisito imprescindible estar en posesión de la titulación de Grado en Terapia Ocupacional o titulación equivalente«.
Aquí puedes descargar esta corrección de errores