Mesa Sectorial sobre la convocatoria de oposiciones de funcionarios correspondientes a las ofertas de empleo público de los años 2016 y 2017

/ julio 18, 2018/ Actualidad, Administración, Empleo, Oposiciones, concursos, SGTEX Comunicados, SGTEX Opina, Sin categoría

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MESA SECTORIAL SOBRE CONVOCATORIAS DE OPOSICIONES DE FUNCIONARIOS CORRESPONDIENTES A LAS O.E.P. DE LOS AÑOS 2016 Y 2017

En el día de hoy, 17 de julio de 2018, ha tenido lugar la reunión de la Mesa Sectorial de Administración General en cuyo orden del día se trató sobre las Convocatorias de Oposición de Funcionarios, correspondientes a las ofertas de empleo público 2016 y 2017 de los siguientes Cuerpos y Especialidades:

Cuerpo Auxiliar de la Administración General, Turno Libre y Promoción Interna. Cuerpo Administrativo Turno Libre y Cuerpo Técnico, distintas especialidades, Turno Libre.

Cuerpo Técnico. Turno libre. 30 plazas (26 turno general + 4 reserva discapacidad)

Cuerpo Administrativo: 20 plazas (17 turno general + 3 reserva discapacidad)

Cuerpo Auxiliar de la Administración Turno Libre: 73 plazas (63 turno general + 10 reserva discapacidad)

Cuerpo Auxiliar de la Administración Promoción Interna: 5 plazas (4 turno general + 1 reserva discapacidad)

En total hablamos de 128 plazas, de las que 18 se corresponden con la preceptiva reserva para el cupo de discapacidad; de las 128 sólo 5 son de promoción interna, de las que una está reservada al turno de discapacidad.

Destacamos el deseo de la D.G.F.P de ordenar la oferta y la ejecución de ésta, de manera que pueda distinguirse, realmente, un turno de otro.

Desde SGTEX echamos en falta y, por ello reclamamos a la Administración, una información previa respecto de las necesidades reales, es decir, el número de vacantes que existe en la Administración, de manera que nos permita valorar con claves suficientes el alcance de las proporciones de esta Oferta de Empleo Público.

No obstante lo anterior, entendemos que esta oferta (128 plazas) que abarca tanto la de 2016 como la de 2017, resulta claramente insuficiente para dar cobertura a las necesidades generadas en esto últimos años de políticas restrictivas que deterioran la calidad del servicio al usuario. Todas estas actuaciones van dañando, paulatina pero inexorablemente, el empleo y, por ende, el servicio público, máxime si tenemos en cuenta que a lo largo de estos años se ha producido un “déficit acumulado” tanto en la creación de puestos como en la cobertura de vacantes, que va a precisar de grandes esfuerzos para alcanzar niveles adecuados de calidad en el servicio público.

Solicitamos a la Administración que calendarice todas y cada una de las pruebas de las convocatorias.

Volvemos (se hizo en la negociación de la convocatoria anterior de 15 de diciembre de 2017) a poner de manifiesto, por escrito, la necesidad imperiosa de contemplar la opción de la promoción cruzada. Por ello, pedimos a la Administración que dé cumplimiento al artículo 112 de la Ley de la Función Pública, a la Disposición Transitoria Segunda del Estatuto Básico del Empleado Público y al vigente Convenio Colectivo en su disposición adicional Séptima, ya que en ellos se recoge la promoción cruzada. Mecanismo, por cierto, que nunca fue puesto en marcha por la Administración General de la Junta de Extremadura alegando la falta de desarrollo reglamentario, solo a ella imputable, en un bucle infinito sin solución. La promoción cruzada ha sido un mecanismo solicitado por SGTEX, de forma reiterada y por escrito, a la Administración, ya que se perfila como la única posibilidad factible de movilidad geográfica y/o funcional para determinadas categorías entre las que se encuentran: Auxiliares Administrativos, Analistas de Laboratorio, Ayudante Técnico, Titulados Superiores, Técnico Coordinación ITV, Auxiliar de Laboratorio, Agente del Medio Natural o Jefe de Administración, etc. No obstante, las bondades de la implementación de esta modalidad se extienden a la posibilidad de unificar especialidades que hoy se encuentran divididas en cuanto a su relación contractual, en base a la dualidad laboral/funcionario, que sin encontrar razón clara y suficiente para ello y sí causa muchos perjuicios para los/as empleados/as públicos/as afectados/as.

SGTEX entiende que la oferta de promoción interna (5 plazas, de las que 1 está reservada a discapacidad) es absoluta y rotundamente insuficiente, exigua, testimonial, solicitando que se adjudique al turno de promoción interna más plazas, para un reparto más equitativo, lo cual, junto con algunas otras medidas como el desarrollo reglamentario de la promoción cruzada, la formación como herramienta de promoción, etc. constituiría un verdadero apoyo a la promoción profesional de sus empleados/as.

Aprovechamos la oportunidad para solicitar actividades formativas que impulsen la promoción interna, tal y como ya han hecho otras administraciones, nos referimos, en este caso a la Diputación de Badajoz, que en el B.O.P de Badajoz de 10 de julio del corriente, nº 131, se publica la convocatoria de un curso específico de formación para el acceso de subgrupo C1 desde el subgrupo C2 por promoción interna del personal que carezca de la titulación correspondiente y tenga entre 5 y 10 años de antigüedad. Así mismo, consideramos que la formación es una opción que la Administración debe contemplar como uno de los mecanismos de promoción interna.

Promoción interna: En cuanto al mérito de antigüedad, es decir, la puntuación por año trabajado para el turno de promoción interna, SGTEX propone que se valore a razón de 0’15 puntos por año trabajado, alcanzándose el tope con 20 años de servicio, lo que proporciona una distribución más justa y proporcional de este mérito. Además, el mérito de antigüedad debería suponer 3 puntos y el de formación, como mucho, 2 puntos (1’5 recibida + 0’5 impartida). Entendemos que el mayor peso de los méritos debe soportarse en el concepto de antigüedad, ya que la formación ofrecida por la Administración es insuficiente, centralizada e incluso, en no pocas ocasiones, escasamente facilitada en cuanto a los permisos para su realización.

Para el turno libre, la propuesta de SGTEX es que el mérito de antigüedad se valore a razón de 0’0277 por mes o fracción hasta alcanzar un tope de 5 puntos, a los 15 años, sobre la misma base de un reparto más equitativo de este mérito.

En cuanto a los criterios de corrección, la propuesta de SGTEX para el turno de promoción interna es que no resten las repuestas incorrectas, ni las no contestadas; siendo partidarios de una discriminación positiva en los criterios de calificación para el turno de promoción interna. Para el turno libre proponemos que las respuestas no contestadas no penalicen y cada cuatro erróneas descuente una.

SGTEX propone que, en la fase de oposición, se reduzca el número de exámenes a uno, así como de la constitución de una lista de espera en la que se incluyan aquellos aspirantes que no hayan obtenido plaza en el turno de promoción interna.

En cuanto a las listas de espera, entendemos que deben modificarse los criterios que la rigen a fin de que se puedan integran cuantos más aspirantes que reúnan los requisitos, evitando que, al agotarse, deban establecerse listas provisionales de forma extraordinaria, por falta de efectivos. Esta medida, la entendemos como transitoria, parcial y urgente ya que SGTEX ha solicitado, mediante escrito, que se aborde este tema en profundidad, por encontrar muchos de sus criterios ineficaces y obsoletos.

Nuevamente, SGTEX propone a la D.G.F.P que se modifique el punto décimo de las bases, referido a la elección de plazas, por cuanto entendemos que en una Administración moderna, eficaz y eficiente, con todos los medios telemáticos a disposición, no se entiende que sea preciso un acto público, que implica presencia física, lo cual puede dar lugar a situaciones indeseables como que un aspirante de mayor puntuación elija el último por contingencias tales como un pinchazo de rueda, un accidente, una enfermedad sobrevenida, etc. máxime en una región tan extensa como la nuestra. Por ello, entendemos que en este acto administrativo de elección de plaza huelga un acto público con presencia física, siendo perfectamente prescindible.

SGTEX propone se sustituya a la prueba práctica por un curso estrictamente formativo, sin carácter selectivo.

Las bases de la convocatoria, así como todos los ANEXOS, se podrán consultar a través de internet en la dirección http: // ciudadano.juntaex.es/buscador-empleo-publico, El formulario de solicitud será accesible, exclusivamente desde esta página web http://ips.juntaex.es.

La previsión de la Administración para la convocatoria de estas plazas es a partir del mes de septiembre del corriente. En cuanto a la previsión de la eventual convocatoria de plazas de laborales, no se producirá hasta que no esté resuelto el concurso de traslados para disponer de la información real sobre las plazas. La disponibilidad de la información sobre las plazas vacantes para el concurso de traslados de laborales será en torno a mediados de septiembre.

Descarga desde aquí este comunicado de SGTEX

 

 

 

 

 

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