Últimas Mesas de negociación, medidas de flexibilización horaria de los empleados públicos

/ septiembre 12, 2017/ Sin categoría

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En la reunión conjunta de la Mesa Sectorial de Administración General y de la Comisión Negociadora para el personal laboral al servicio de la Junta de Extremadura sobre medidas de flexibilización y racionalización de la jornada de trabajo, las propuestas que la administración ha presentado pueden resumirse en los siguientes puntos:

1.- Disfrute fraccionado de los días de asuntos particulares por horas, previa autorización y cuando las necesidades del servicio lo permitan. Los tramos de disfrute serán de una hora como mínimo.

2.- Cuidado de menores y familiares enfermos: casos de enfermedad o accidente para hijos/as o personas sujetas a guarda legal, menor de dieciséis años o discapacitado/a, bajo prescripción médica, los empleados públicos tendrán derecho a disminuir su jornada hasta 40 horas por año natural, con carácter recuperable. Igualmente para el cuidado directo de un familiar, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, cónyuge o pareja de hecho, mediante informe médico que determine la necesidad de cuidados por enfermedad o accidente.

3.- Bolsa horaria por asuntos personales de hasta 30 horas al año. Los/as empleados/as públicos/as podrán voluntariamente aumentar su jornada de trabajo hasta en 30 horas al año para disponer de una bolsa de horas. Su disfrute estará condicionado a las necesidades de servicio. Su régimen de disfrute será el mismo que el de los asuntos particulares, incluido el fraccionado por horas.

4.- Inicio escalonado de actividades lectivas: se podrá flexibilizar la jornada para acomodarla al inicio escalonado de las actividades lectivas de los hijos/as o menores sujetos a guarda legal, escolarizados en los ciclos de Educación Infantil, con carácter recuperable dentro de los cuatro meses siguientes a su disfrute.

5.- Período de gestación: las empleadas públicas en período de gestación podrán flexibilizar su jornada de trabajo hasta en 2 horas al día, con carácter recuperable con límite máximo dentro de los cuatro meses siguientes a la finalización de la totalidad de permisos y medidas de conciliación asociados a la gestación y parto.

6.-Control y sistemas de recuperación: los/as empleados/as públicos/as con jornada completa dispondrán de un tiempo máximo de 30 minutos para efectuar los controles de entrada y salida. El tiempo será proporcional en caso de jornada reducida. El tiempo de cortesía será de un máximo de 15 minutos en acceso y 15 en salidas. De manera complementaria se implantará una plataforma de formación on-line con el fin de completar la jornada no realizada hasta las treinta y siete horas y media.

7.- Justificación de los días de ausencia por enfermedad o accidente sin declaración de incapacidad temporal y sin deducción de retribuciones. La Administración exige la imprescindible aportación del oportuno justificante de asistencia al médico; en su defecto y a elección del empleado público se detraerá el tiempo consumido de los asuntos particulares disponibles o se realizará la correspondiente deducción de retribuciones.

SGTEX se mostró en desacuerdo con esta medida, ya que son muchas las dolencias que afectan a uno o dos días y que no siempre es posible ser atendido en ese tiempo por el médico de familia, pues es bastante común que la cita más cercana se produzca días después del día de solicitud y, para entonces, el trabajador ya se ha recuperado.

SGTEX propuso la admisión, en estos casos, de la Declaración Jurada Responsable, tal y como se admite en el caso de empleados públicos de otros sectores (Docencia).

La Administración, sin embargo, rechaza que la declaración jurada sea un mecanismo de justificación válido para los empleados públicos de la Administración General.

8.-SGTEX ha solicitado, por otro lado, la flexibilización de la parte fija de horario, por el tiempo indispensable para acompañar al cónyuge o pareja de hecho y familiares hasta el 2º grado de afinidad y consanguinidad a consulta o tratamiento médico. Esta propuesta tampoco fue admitida por la Administración.

SGTEX insistió en que estas medidas se lleven realmente a la práctica y especialmente por que se vele, por parte de los poderes públicos, para que constituyan una realidad efectiva en Centros 24 horas, donde las condiciones de aplicación siempre revisten especial dificultad.

Por otra parte, la Administración presentó a las organizaciones sindicales representativas,  el Borrador de Acuerdo de la Comisión Negociadora para el Personal Laboral al Servicio de la Junta de Extremadura sobre modificación del V Convenio Colectivo.

SGTEX está de acuerdo con proceder a la modificación profunda y urgente del V Colectivo en todas aquellas cuestiones que supongan una mejoría en los derechos y condiciones de trabajo de los/as empleados/as públicos, pero se niega en rotundo a admitir, como pretende la Administración, que con las propuestas de modificación presentadas, se acuerde e el cierre temporal de la negociación del VI Convenio Colectivo.

 

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