Junta de Extremadura. Creación de las Unidades para la Igualdad entre Mujeres y Hombres

/ enero 18, 2016/ Actualidad, Administración, Sin categoría

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JuntadeExtremaduraHoy, 18 de enero de 2016, se ha publicado en el D.O.E. número 10, el Decreto 1/2016, de 12 de enero, por el que se regulan las Unidades para la Igualdad de Mujeres y Hombres en la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

El objeto de este Decreto es establecer y regular las Unidades para la Igualdad entre Mujeres y Hombres como unidades administrativas encargadas en cada Consejería, de la propuesta, ejecución e informe de las actividades de la misma en materia de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, así como de impulsar, coordinar y colaborar con las distintas Direcciones y Secretarías Generales, organismos autónomos, entes y organismos de ellas dependientes, para la ejecución de lo dispuesto en la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre Mujeres y Hombres y contra la Violencia de Género en Extremadura.

Sus funciones serán las siguientes:

  • Asesorar en la elaboración del informe de evaluación del impacto de género recogida en el artículo 23 de Ley 8/2011, de 23 de marzo, en relación con el artículo 66 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, sin perjuicio de las competencias que pudieran corresponder al Instituto de la Mujer de Extremadura conforme a la normativa vigente.
  • Hacer el seguimiento y evaluación de las medidas del correspondiente Plan de Igualdad de Extremadura que competan a la Consejería y, en función de los resultados, realizar propuestas para eliminar los obstáculos detectados para seguir avanzando hacia la igualdad entre mujeres y hombres.
  • Sensibilizar y promover medidas de formación en materia de igualdad de oportunidades dirigidas al personal de la Consejería, en colaboración con el Servicio competente en materia de personal de la misma y la Escuela de Administración Pública de Extremadura.
  • Impulsar y proponer, en las áreas competenciales de cada Consejería, medidas que garanticen el acceso a los servicios en igualdad de condiciones para mujeres y hombres, con especial atención a las mujeres que sufren discriminación múltiple.
  • Recabar la información estadística elaborada por las Consejerías y asesorar a las Direcciones Generales, órganos o servicios competentes en relación con su preparación y recogida desagregadas por sexo, así como analizar las estadísticas de los respectivos departamentos desde la perspectiva de género.
  • Garantizar un uso no sexista del lenguaje administrativo y un tratamiento igualitario en los contenidos, imágenes y cuantos elementos de comunicación utilicen en el desarrollo de sus competencias y en la publicidad institucional.
  • Apoyar el desarrollo de medidas de conciliación que se adopten desde la Administración Pública.
  • Colaborar con el Instituto de la Mujer de Extremadura para garantizar la adecuada coordinación de las actuaciones en materia de igualdad de género en el ámbito de la Administración autonómica.

Las personas que conformen las Unidades para la Igualdad serán designadas por la persona titular de las respectivas Consejerías, así como su ubicación en la estructura administrativa. En todo caso, teniendo en cuenta la transversalidad de las funciones, deberán estar ubicadas preferentemente en la Secretaría General de la Consejería.

Cada una de las unidades, dado el amplio abanico competencial de las actuales Consejerías, deberá estar conformada por un equipo multidisciplinar de, al menos, cuatro profesionales vinculados a las áreas de las Ciencias de los Servicios Sociales, de las Ciencias del Comportamiento o de la Comunicación Humana así como de las Ciencias Jurídicas.

Aquí puedes obtener este Decreto

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